María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que por diligencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Miguel González Catrufo contra Rebigal, S.L., y el Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1241/2009, se ha acordado notificar a Rebigal, S.L., en ignorado paradero, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
«Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.
Sentencia 406/2012.
Autos número 1241/2009.
En la ciudad de A Coruña, 29 de mayo de 2012
Lara Mª Munín Sánchez, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre cantidades, a instancia de Miguel González Catrufo, que comparece representado por la letrada Sra. Lores Domínguez, contra la empresa Rebigal, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente:
Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Miguel González Catrufo contra la empresa Rebigal, S.L., la condeno a que le abone la cantidad de dos mil seiscientos dos euros y cincuenta y un céntimos (2.602,51euros), incrementada con el interés por mora del 10%.
Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a Rebigal, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 4 de junio de 2012
Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial