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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 25 de junio de 2012 Pág. 25295

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1301/2009).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en los autos registrados con el número 1301/2009, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 28 de mayo de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre recargo de prestaciones 1301/2009, siendo demandantes María Consuelo Cernadas Alvite, Gonzalo Pena Cernadas, José Ángel Pena Cernadas, María Dulcina Rodríguez Cambeiro, Antonio Pena Rodríguez y David Pena Rodríguez, representados por la letrada Sra. Baptista de Sousa Viéitez, y demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la representación de la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. Regueira Rodríguez, así como la empresa Construcciones Cid Castro, S.A., con la representación del letrado Sr. López Mosteiro, la empresa Construcciones Hermanos Figueroa, S.A. y la empresa Excavaciones Isaac Vázquez, S.A.

Dispongo que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por parte de María Consuelo Cernadas Alvite, de Gonzalo Pena Cernadas y de José Ángel Pena Cernadas, y de María Dulcina Rodríguez Cambeiro, de Antonio Pena Rodríguez y de David Pena Rodríguez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y contra la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como contra las empresas Construcciones Cid Castro, S.A., Construcciones Hermanos Figueroa, S.A. y Excavaciones Isaac Vázquez, S.A., por inadecuación de procedimiento y, en consecuencia, absuelvo a las entidades demandadas de cuantas pretensiones se habían ejercitado en su contra en méritos del presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación a Excavaciones Isaac Vázquez, S.A., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 5 de junio de 2012

La secretaria judicial