Visto el acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales del año 2012, que suscribió la comisión paritaria del convenio de actores e actrices de teatro de Galicia, en la reunión celebrada el 17 de abril de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Esta dirección general,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG nº 222, de 18 de novembro).
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de junio de 2012
Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales
ANEXO
En Santiago de Compostela, siendo las 12.00 horas del día 17 de abril de 2012 en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, sito en la calle Algalia de Abaixo, 24-bajo, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo autonómico de actores y actrices de teatro de Galicia, asistiendo las persoas a continuación señaladas:
– Representación empresarial:
Salvador del Río Pérez (Escena Galega).
Julio Nieves Munín (Agadic).
– Representación sindical:
Mª Teresa Pérez Pardo (CC.OO.).
Raimundo Méndez García (UGT).
Aitor Sebio Molguero (CIG).
Xavier Estévez Montoto (AAAG).
Guillermo Carbajo (AAAG).
El motivo de la presente reunión es la revisión y aprobación de las tablas salariales del convenio colectivo de actores e actrices de teatro de Galicia para el año 2012.
Previas las oportunas deliberaciones y debate, sobre la cuestión objeto de tratamiento por la presente comisión, procede reflejar en acta lo siguiente.
1. En relación a los incrementos salariales del convenio colectivo para el año 2012 la comisión acuerda proceder a la actualización de las tablas salariales, que se adjuntan como anexo 1 a la presente acta, conforme a la subida del IPC del año 2011 (2,4%), y acuerda aplazar la subida del 5% correspondiente a lo acordado para el año 2012 hasta el próximo año.
2. La comisión delega en el persoal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales para proceder a la realización de los trámites de depósito, registro y publicación de dichas tablas ante la autoridad laboral.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 13.30 horas del día de la fecha y extendiendo a su efecto la presente acta que firman por duplicado ejemplar todos los asistentes.
Compañías «A»:
Categoría profesional |
Sueldo 2011 |
Sueldo 2012 |
Bolo 2012 |
Categoría 1ª |
1.747,69 |
1.789,63 |
168,84 |
Categoría 2ª |
1.542,08 |
1.579,09 |
151,92 |
Categoría 3ª |
1.267,94 |
1.298,37 |
132,69 |
Categoría 4ª |
1.129,90 |
1.157,02 |
118,04 |
Compañías «B»:
Categoría profesional |
Sueldo 2011 |
Sueldo 2012 |
Bolo 2012 |
Categoría 1ª |
1.456,64 |
1.491,60 |
159,04 |
Categoría 2ª |
1.274,56 |
1.305,15 |
142,91 |
Categoría 3ª |
1.183,52 |
1.211,92 |
129,84 |
Categoría 4ª |
1.001,44 |
1.025,47 |
113,71 |
Dieta |
40,97 |
41,95 |
Compañías institucionales
Categoría profesional |
Soldo 2011 |
Soldo 2012 |
Bolo |
Protagonista |
2.887,79 |
2.887,79 |
232,33 |
Principal |
2.171,69 |
2.171,69 |
203,29 |
Secundario/a |
1.625,05 |
1.625,05 |
188,77 |
Dietas Galicia |
66,16 |
66,16 |
Dietas fuera de Galicia |
94,16 |
94,16 |
Retribuciones por gravación
2012 |
|||
2,40% |
|||
Categoría |
Grupo A |
Grupo B |
Institucionales |
Protagonista |
376,76 € |
358,04 € |
464,39 € |
Principal |
339,32 € |
320,60 € |
406,22 € |
Secundario/a |
297,20 € |
292,52 € |
377,13 € |
Reparto |
264,43 € |
255,07 € |
0,00 € |