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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Viernes, 24 de agosto de 2012 Pág. 33946

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2012, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lalín (expediente IN407A 2012/140-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Denominación: LMTS, CT nº 2 Lalín de Arriba.

Situación: Lalín.

Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV con conductor RHZ de 708 metros de longitud, con origen y final en la LMT LAL804 (a la altura del CT nº 1 Lalín de Arriba) una vez entre y salga del CT nº 2 Lalín de Arriba proyectado. Centro de transformación subterráneo de 630 kVA, RT 20 kV/400-230 V, situado en la calle Anel do Agro, Lalín.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de doce (12) meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 30 de julio de 2012

P.A. (Artículo 39.3 del Decreto 324/2009, de 11 de junio)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Administración Industrial