Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: modificado del retranqueo de LMT y CS lugar de Curro-Alvedro.
Situación: ayuntamiento de Culleredo.
Características técnicas: línea eléctrica de media tensión subterránea SBN-715B a 15/20 kV, con una longitud de 0,701 km, con origen en el paso aerosubterráneo a realizar en el apoyo nº 57 proyectado de tipo C LF-16/3.000 de la LMT SBN-715B, tramo entre el CT Culleredo y derivada al CT Fonte Igrexa, en conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV 3 (1×240 Al) y final en el paso aerosubterráneo a realizar en el apoyo nº 59 proyectado tipo C FL-14/3.000 de la LMT SBN-715B, tramo entre el CT Culleredo a CT Fonte Igrexa tras realizar entrada y salida en el CS Curro-Alvedro proyectado.
Línea eléctrica de media tensión subterránea derivada a CT Tarrío a 15/20 kV, con una longitud de 0,034 km, con origen en celda de línea del CS Curro-Alvedro proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV 3 (1×150 Al) y final en el paso aerosubterráneo a realizar en el apoyo nº 2 proyectado tipo C FL-14/2.000 de la LMT SBN-715B, derivada a CT Tarrío.
Centro de seccionamiento prefabricado maniobra exterior 3L.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 16 de julio de 2012
P.A. (Artículo 39.3 del Decreto 324/2009; DOG nº 117, de 17 de junio)
Juan Ignacio Lizaur Otero
Jefe del Servicio de Energía y Minas