En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo; en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal; en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia; y en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia, se somete a información pública la solicitud presentada por la empresa EDP Renewables Europe, S.L. para las instalaciones que se describen a continuación:
Solicitante: EDP Renewables Europe, S.L.
Domicilio social: Plaza de la Gesta, nº 2, 33007 Oviedo.
Denominación del proyecto: Parque Eólico Alto da Croa-CO/11.
Municipio afectado: Dumbría (A Coruña).
Potencia a instalar: 3 MW.
Presupuesto total: 2.199.308,20 €.
Localización (área de afección):
Coordenadas poligonales del Parque Eólico Alto da Croa-CO/11
Vértice |
Coordenadas UTM-ED50 (Huso 29) |
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UTM X (m) |
UTM Y (m) |
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V1 |
496.000,00 |
4.765.612,57 |
V2 |
495.097,75 |
4.765.612,57 |
V3 |
494.610,14 |
4.765.226,88 |
V4 |
494.818,81 |
4.764.865,06 |
V5 |
495.206,34 |
4.764.658,61 |
V6 |
496.000,00 |
4.764.658,61 |
Coordenadas del aerogenerador del Parque Eólico Alto da Croa-CO/11
Denominación |
Coordenadas UTM-ED50 (Huso 29) |
|
UTM X (m) |
UTM Y (m) |
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AC-01 |
495.258,69 |
4.765.093,73 |
Características técnicas de las instalaciones:
1 aerogenerador de 3.000 kW de potencia nominal unitaria con generador síncrono, montado sobre fuste tubular metálico con una altura de 94 m y un diámetro de rotor de 112 m.
1 centro de transformación de potencia unitaria 3.450 kVA y con relación de transformación de 0,65/20 kV, instalados en el interior del torre de aerogenerador con su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección.
Objeto de la información pública:
La autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública de las instalaciones. Esta declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, la necesidad de la urgente ocupación, a los efectos de la expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.
El estudio de impacto ambiental.
El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados.
La relación concreta e individualizada de los propietarios, bienes y derechos afectados figura en el anexo que se inserta con esta resolución.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en la relación del anexo de esta resolución, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados fueran omitidas, para que puedan examinar el expediente, en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, sita en el Edificio Administrativo Monelos, calle Vicente Ferrer, nº 2, 15071 A Coruña, y presentar sus alegaciones en el plazo de treinta días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación o de la notificación individual.
A idénticos efectos y en el plazo de treinta (30) días que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de este anuncio, el estudio de impacto ambiental correspondiente a las instalaciones del Parque Eólico Alto da Croa-CO/11 se podrá examinar en esta Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, así como en el Ayuntamiento de Dumbría y en la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. Asimismo, se podrá examinar el proyecto de ejecución y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal en el ayuntamiento de Dumbría y en las dependencias de esta Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña.
Una vez finalizado el plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria.
Esta publicación se hace igualmente a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con los interesados que sean desconocidos, o cuando se ignore el lugar o el medio de la notificación o bien, si intentada la notificación, no se pudiera realizar, las diligencias relativas al expediente se entenderán con el Ministerio Fiscal en los supuestos previstos en el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
A Coruña, 3 de agosto de 2012
Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña