De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se notifica a la persona que se cita a continuación el acuerdo de incoación dictado por la Jefatura del Servicio de Turismo de Pontevedra de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, del expediente sancionador en materia de turismo número PO-S-62/2012, por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia, ya que, intentada por los medios habituales, no se pudo practicar.
Se le advierte al titular del establecimiento denunciado que, de conformidad con el artículo 13.2º del Real decreto 1398/1993, en el caso de no efectuar alegaciones en el plazo de quince días, y teniendo en cuenta que dicho acuerdo contiene un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad que se le imputa, podrá ser considerado como propuesta de resolución.
Expediente: PO-S-62/2012.
Titular sancionado: José Manuel Rodríguez Queija.
DNI: 22706405-T.
Establecimiento: Europa.
Dirección: avda. de Castelao, 45.
Ayuntamiento: Vigo.
Fecha de incoación: 5 de julio de 2012.
Hechos imputados: negarse a facilitar las hojas de reclamaciones en el momento de ser solicitadas.
Preceptos infringidos: artículo 35 de la Ley 7/2011, de turismo de Galicia.
Sanción propuesta: 900 euros, sin perjuicio de lo que pueda resultar de la fase instructora.
Pontevedra, 7 de septiembre de 2012
Mª Ángeles Herrero Pérez
Jefa del Servicio de Turismo de Pontevedra