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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miércoles, 26 de septiembre de 2012 Pág. 37312

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 14 de septiembre de 2012 de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Abegondo.

El Ayuntamiento de Abegondo remite el documento del Plan general de ordenación municipal junto con el expediente administrativo, en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo establecido en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Analizada la documentación remitida por el Ayuntamiento, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

I.1. Planeamiento municipal vigente.

Las normas subsidiarias de planeamiento municipal del ayuntamiento de Abegondo, aprobadas definitivamente en fecha 27.12.1996, fueron anuladas por sentencia del TSJG (14.9.2000) firme TS (27.11.2003).

Actualmente resultan de aplicación las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento de la provincia de A Coruña.

I.2. Figuras de ordenación del territorio con incidente supramunicipal.

Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal «gasificación de Galicia: gasoducto Vilalba-Tui» aprobado por la Resolución del Consello de la Xunta de 4 de octubre de 2002 (DOG de 23 de octubre de 1996).

Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal «ramal de gas del complejo ambiental de Cerceda» aprobado por la Resolución del Consello de la Xunta de 15 de febrero de 2000 (DOG de 25 de febrero).

Proyecto sectorial de incidente supramunicipal «gasoducto Mugardos-Betanzos-Abegondo-Sabón (tramos I y II) y ramal a la central de ciclo combinado de Meirama» aprobado por la Resolución del Consello de la Xunta de 20 de junio de 2007 (DOG de 26 de junio).

Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal «ramal APA Posición I-015 Betanzos-Miño» aprobado por la Resolución del Consello de la Xunta de 13 de mayo de 2008 (DOG de 9 de junio).

En el DOG nº 3, de 7 de enero de 1998 se publicó el Acuerdo de 10 de diciembre de 1997, de la Secretaría General de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por el que se somete a información pública el trazado relativo a la delimitación y deslindamiento del Camino Inglés.

I.3. Tramitación.

1. En fecha 20 de septiembre de 2010, la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la CMATI, emite informe previo a la aprobación inicial del PGOM, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 de la LOUG.

2. El Pleno del Ayuntamiento de Abegondo aprobó inicialmente el PGOM el 12 de noviembre de 2010; y lo sometió a información pública por un período de dos meses mediante anuncios en los periódicos El Ideal Gallego, La Opinión y La Voz de Galicia de 18 de noviembre de 2010 y 19 de noviembre de 2012, así como en el Diario Oficial de Galicia nº 222, de 18 de noviembre de 2010.

3. Simultáneamente, se le dio audiencia a los ayuntamientos limítrofes de Bergondo, Betanzos, Oza dos Ríos, Cesuras, Mesía, Ordes, Carral y Cambre.

4. Constan en el expediente los informes municipales técnico y jurídico respecto de la conformidad del Plan con la legislación vigente y la calidad técnica de la ordenación proyectada.

5. Mediante Resolución de 11 de junio de 2012, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la CMATI aprueba la memoria ambiental correspondiente al procedimiento de evaluación ambiental estratégica del PGOM de Abegondo.

6. En cumplimiento de la legislación sectorial vigente, constan los siguientes informes:

a) Informe de ADIF de 31 de diciembre de 2010 y de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento de 19 de septiembre de 2011.

b) Informe de la Diputación Provincial de A Coruña de 3.2.2011.

c) Informe de la Subdirección General de Infraestructuras y normativa técnica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de fecha 21.2.2011, a los efectos de la Ley general de telecomunicaciones.

d) Informe de la Dirección General de Montes de la Consellería del Medio Rural, de 18.2.2011.

e) Informe de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, de 31.3.2011.

f) Informe del Servicio de Infraestructuras Agrarias de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería del Medio Rural, de 26.9.2011.

g) Informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería del medio Rural, de 3.10.2011.

h) Informe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, del Ministerio de Fomento, de 31.1.2012.

i) Informe de la Agencia Gallega de Infraestructuras de la CMATI, de 28.3.2012.

j) Informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, de 27.4.2012.

k) Informe de Augas de Galicia de la CMATI, de 4.6.2012.

7. El Pleno municipal aprobó provisionalmente el PGOM en sesión de 26.6.2012.

8. En fecha de 27.6.2012, el Ayuntamiento de Abegondo remite a la CMATI el documento del PGOM para su aprobación definitiva. Analizada la integridad documental del Plan y del expediente, la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de esta consellería requiere al Ayuntamiento de Abegondo en fecha 17.7.2012 para que corrija las deficiencias detectadas, requerimiento que fue atendido por el Ayuntamiento remitiendo nueva documentación el 3.8.2012.

II. Análisis y consideraciones.

Según lo dispuesto en los artículos 85.7 y 227 de la Ley 9/2002, para resolver sobre la aprobación definitiva, se analizó la integridad y suficiencia de los documentos que integran el Plan; su conformidad con la legislación urbanística vigente y la adecuación de sus determinaciones a la protección del medio rural; así como el incidente del Plan sobre las materias de competencia autonómica y sobre las políticas autonómicas de desarrollo sostenible y la articulación de las infraestructuras de carácter local con los elementos vertebradores del territorio de alcance supramunicipal.

El modelo de ordenación propuesto por el PGOM de Abegondo se ajusta en lo fundamental a los criterios expresados en la LOUG, reconociendo el sistema tradicional de asentamientos, estableciendo para ellos una ordenación propia, definiendo las necesarias protecciones para los terrenos que las precisan, y previniendo ámbitos para el futuro desarrollo de usos residenciales y productivos, dotando al Ayuntamiento de una ordenación propia a cara descubierta a favorecer el desarrollo equilibrado y sostenible del territorio.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general le corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la CMATI.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

SE RESUELVE:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Abegondo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

Tercero. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras