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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 17 de octubre de 2012 Pág. 39444

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2012, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se establece el perfil del programa de cualificación profesional inicial de ganadería en Galicia.

El Real decreto 665/2007, de 25 de mayo, estableció, entre otras, la cualificación profesional de nivel 1 de actividades auxiliares en ganadería, perteneciente a la familia profesional de agraria, así como los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de que se componen.

El Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia, recoge en su disposición adicional tercera que los módulos específicos asociados a unidades de competencia de cualificaciones profesionales de nivel 1 incluidos en los programas de cualificación profesional inicial desarrollan la competencia del perfil profesional, y formarán parte de la formación profesional del sistema educativo, y determina que la consellería con competencias en materia de educación establecerá el currículum de los módulos específicos de los respectivos perfiles profesionales conforme al tejido productivo de Galicia.

La Orden de 13 de julio de 2011 por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Galicia establece, en su artículo 7, que los currículums de los módulos específicos de los perfiles profesionales que se establezcan se desarrollarán por medio de resolución de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, y que deberán tomar como referencia los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que incluya el perfil.

En su virtud, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Objeto

Esta resolución tiene por objeto el establecimiento del perfil profesional del programa de cualificación profesional inicial de ganadería en Galicia.

Segundo. Identificación

El programa de cualificación profesional inicial de ganadería queda identificado por los siguientes elementos:

– Denominación: ganadería.

– Nivel: programa de cualificación profesional inicial.

– Duración: 580 horas.

– Familia profesional: agraria.

Tercero. Competencia general

Ejecutar las operaciones auxiliares en explotaciones ganaderas, siguiendo instrucciones de superiores o del plan de trabajo, atendiendo a criterios de calidad, bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección ambiental y seguridad alimentaria.

Cuarto. Competencias profesionales, personales y sociales

Las competencias profesionales, personales y sociales de este programa de cualificación profesional inicial son las que se relacionan:

a) Realizar operaciones auxiliares de manejo del celo y cubrición de las hembras, siguiendo instrucciones, para contribuir a la obtención de altos índices de gestación.

b) Realizar operaciones auxiliares de manejo de las hembras en fase de gestación, siguiendo instrucciones, para contribuir a la obtención de una descendencia viable y una buena producción láctea.

c) Ayudar en el parto, siguiendo instrucciones, para conseguir una descendencia sana y vigorosa.

d) Realizar operaciones auxiliares en el manejo de las crías durante el período de lactancia, atendiendo a las particularidades de cada especie.

e) Realizar las operaciones auxiliares con los machos reproductores atendiendo a las particularidades de cada especie.

f) Realizar operaciones auxiliares en hembras de reposición, siguiendo instrucciones, para contribuir a su adaptación a la explotación y a su adecuación como reproductoras.

g) Realizar operaciones auxiliares en la identificación de los animales de recría y cebo para el control de éstos, según las instrucciones recibidas.

h) Realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en la explotación ganadera (animales para venta, huevos, leche, miel y otros productos y/o subproductos), siguiendo las instrucciones recibidas.

i) Almacenar y conservar las materias primas alimentarias y distribuir los alimentos con las técnicas y los medios adecuados.

j) Realizar operaciones auxiliares para conseguir el bienestar animal, prever alteraciones de la salud, tratar enfermedades, y almacenar y conservar medicamentos, siguiendo instrucciones.

k) Realizar el pastoreo con los animales apropiados para aprovechar los recursos vegetales del medio natural de forma sostenible.

l) Suplementar, en caso necesario, la alimentación del ganado de pastoreo para cubrir sus necesidades nutritivas cuando éstas no se obtengan en el campo.

m) Detectar traumatismos, heridas y posibles signos y síntomas de la alteración del estado de salud del ganado de pastoreo, y realizar los tratamientos auxiliares básicos en caso necesario.

n) Ejecutar las labores de limpieza y desinfección de las instalaciones de la explotación, según las instrucciones recibidas.

ñ) Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento básico de las instalaciones, la maquinaria, los equipos, el utillaje y las herramientas de la explotación.

o) Manejar, dentro de la explotación y con arreglo a su nivel, la maquinaria, los equipos, el utillaje y las herramientas aplicando las medidas de prevención de riesgos laborales.

p) Adaptarse a la organización de la empresa integrándose en el sistema de relaciones técnico-laborales.

q) Interpretar y ejecutar correctamente las instrucciones que recibe, responsabilizándose de la labor que desarrolla.

r) Habituarse al ritmo de trabajo de la empresa cumpliendo los objetivos de rendimiento diario definidos en su propia organización.

s) Cumplir las normas de seguridad, salud y protección medioambiental, detectando y previniendo los riesgos asociados al puesto de trabajo.

t) Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

u) Mantener hábitos de orden, puntualidad, responsabilidad y pulcritud a lo largo de la actividad.

v) Demostrar las actitudes de cortesía, respeto y discreción requeridas en la atención a la clientela.

w) Actuar con confianza en la propia capacidad profesional y prestar atención a las innovaciones que se produzcan dentro del sector y que puedan fomentar el propio desarrollo profesional.

x) Mostrar una actitud de respeto hacia los compañeros, los procedimientos y las normas de la empresa.

Quinto. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo nacional de las cualificaciones profesionales incluidas en el perfil profesional

Cualificaciones profesionales completas incluidas en el perfil:

Actividades auxiliares en ganadería, AGA224_1 (Real decreto 665/2007, de 25 de mayo), que incluye las siguientes unidades de competencia:

– UC0712_1: realizar operaciones auxiliares de reproducción en ganadería.

– UC0713_1: realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas.

– UC0714_1: realizar el pastoreo del ganado.

– UC0715_1: realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de instalaciones y manejo de la maquinaria y de los equipos en explotaciones ganaderas.

Sexto. Entorno profesional

1. Ámbito profesional: desarrolla su actividad profesional por cuenta ajena, en el área o el departamento de producción de grandes, medianas y pequeñas explotaciones ganaderas, de ámbito público o privado.

2. Sectores productivos: se ubica en el sector agrario, dentro del subsector ganadero, en las actividades productivas de explotaciones agropecuarias o de ganado bovino, ovino y caprino, porcino, cunícola, avícola, equino etc.

3. Ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes.

– Peón en explotaciones ganaderas.

– Peón en explotaciones agropecuarias.

– Auxiliar de ordeño.

– Pastor/ora.

Séptimo. Módulos específicos

1. Los módulos específicos de este perfil profesional, que toman como referentes los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de que se compone, quedan desarrollados en el anexo I de esta resolución.

2. Son los que se relacionan:

– ME0157. Reproducción ganadera.

– ME0158. Manejo de la producción en explotaciones ganaderas.

– ME0159. Pastoreo de ganado.

– ME0160. Mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.

– ME0161. Formación en centros de trabajo.

Octavo. Espacios y equipamientos

1. Los espacios y los equipamientos mínimos necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este perfil profesional son los establecidos en el anexo II de esta resolución.

2. Los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por diferentes grupos de alumnado.

3. No es preciso que los espacios formativos identificados se diferencien mediante cerramientos.

Noveno. Profesorado y personas formadoras

1. La atribución docente de los módulos específicos que constituyen las enseñanzas de este perfil profesional en los programas de cualificación profesional inicial impartidos en centros de enseñanza públicos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria se establece en el anexo III A) de esta resolución.

2. Las titulaciones requeridas para la impartición de los módulos específicos que conforman el perfil profesional en los programas de cualificación profesional inicial para los centros de titularidad privada o de otras administraciones distintas de la educativa se establecen en el anexo III B) de esta resolución.

3. El perfil de las personas formadoras que impartan los módulos específicos en entornos productivos se establece en el anexo IV de esta resolución.

Décimo. Relación de módulos específicos con las unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales que incluye el programa

La relación de los módulos específicos con las unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales que incluye el programa es la que figura en la tabla que se incluye como anexo V de la presente resolución.

Decimoprimero. Distribución horaria de los módulos específicos

La distribución horaria de los módulos específicos cursados en entornos no productivos se especifica en el anexo VI de esta resolución.

Disposición final. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2012

Manuel Corredoira López
Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa

1. Anexo I: módulos específicos.

1.1. Módulo específico: reproducción ganadera.

• Código: ME0157.

• Duración: 117 horas.

1.1.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Define las operaciones auxiliares que se llevan a cabo durante el manejo de las hembras para facilitar su cubrición.

– CE1.1. Se han indicado los cambios de comportamiento detectados en las hembras de cada especie cuando entran en celo.

– CE1.2. Se han descrito los métodos de detección de celo sobre los que se basa la determinación del momento adecuado para la cubrición.

– CE1.3. Se han descrito las características mínimas de edad y desarrollo corporal (peso) previas al inicio de la reproducción, según la especie.

– CE1.4. Se han citado las operaciones necesarias para preparar las instalaciones en donde se lleva a cabo la cubrición.

– CE1.5. Se han enumerado las etapas que completan el proceso de preparación del animal para la cubrición.

– CE1.6. Se han indicado los cuidados y las precauciones que hay que tener en cuenta durante la cubrición en cada especie.

– CE1.7. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con las operaciones auxiliares en los procesos de identificación de celo.

– CE1.8. Se han identificado in situ los síntomas del celo en una hembra, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado.

– CE1.9. Se ha sujetado al animal, en caso necesario, para facilitar la cubrición, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de una hembra en celo.

– CE1.10. Se ha comprobado, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de una hembra en celo, que la cubrición se realice con los cuidados y las precauciones establecidas en los protocolos.

– CE1.11. Se han realizado las operaciones auxiliares de manejo de hembras en celo, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

• RA2. Describe los cuidados básicos y sanitarios que deben aplicarse sobre las hembras en período de gestación y, en un caso práctico, identifica en los animales los signos específicos de esta fase productiva.

– CE2.1. Se han enumerado métodos de diagnóstico de preñez o confirmación de gestación.

– CE2.2. Se han citado las alteraciones más comunes que se pueden presentar durante la gestación.

– CE2.3. Se ha indicado el tipo de manejo y los cuidados básicos que deben realizarse durante el proceso de gestación de una especie determinada.

– CE2.4. Se han identificado los signos de pérdida de gestación en las hembras.

– CE2.5. Se han nombrado las partes del programa sanitario específico del período de gestación, para cada especie animal.

– CE2.6. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con las actuaciones realizadas en los procesos de gestación.

– CE2.7. Se han detectado vueltas a celo y/o abortos, en un caso o supuesto práctico bien caracterizado de hembras en gestación.

– CE2.8. Se han alojado las hembras en los emplazamientos adecuados para este período fisiológico, en un caso o supuesto práctico bien caracterizado de hembras en gestación.

– CE2.9. Se ha alimentado correctamente a las hembras gestantes, en un caso o supuesto práctico bien caracterizado de hembras en gestación.

– CE2.10. Se ha aplicado el programa sanitario específico, en un caso o supuesto práctico bien caracterizado de hembras en gestación.

– CE2.11. Se han anotado los registros propios de la fase de gestación, en un caso o supuesto práctico bien caracterizado de hembras en gestación.

– CE2.12. Se han realizado las operaciones auxiliares de manejo de hembras en gestación, en un caso o supuesto práctico bien caracterizado, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

• RA3. Cita y realiza los cuidados que hay que prestar necesariamente a las madres y a las crías en el periparto y en el parto, en función de la especie animal.

– CE3.1. Se han citado los cuidados que se practicarán a las hembras antes del parto.

– CE3.2. Se han descrito los síntomas de parto en distintas especies que permitan predecir el momento aproximado de éste.

– CE3.3. Se han explicado los criterios de manejo e higiene para la asistencia al parto en distintas especies.

– CE3.4. Se han citado los cuidados, determinados por especie, que se deben realizar después del parto en las madres y en sus crías.

– CE3.5. Se han indicado las alteraciones más comunes que se pueden presentar antes y después del parto.

– CE3.6. Se han citado, atendiendo a criterios de bienestar animal, las técnicas de raboteo, descornado y descolmillado.

– CE3.7. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con los cuidados necesarios a madres y crías durante el periparto y parto.

– CE3.8. Se ha reconocido el momento del parto, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación, a partir de la observación de los cambios en el comportamiento de la hembra y de la identificación de signos característicos.

– CE3.9. Se ha preparado la sala de parto atendiendo especialmente a las condiciones ambientales, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación.

– CE3.10. Se ha ayudado en el parto siguiendo instrucciones, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación.

– CE3.11. Se han realizado los cuidados necesarios a la madre y a sus crías, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación.

– CE3.12. Se ha comprobado la secreción láctea de las ubres de la madre, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación.

– CE3.13. Se ha comprobado la ingesta de alimentos de la madre y de las crías, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación.

– CE3.14. Se han detectado deposiciones anormales, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de parto en una explotación.

– CE3.15. Se han realizado las operaciones auxiliares de manejo del parto teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

• RA4. Describe las actuaciones necesarias en el manejo de crías durante el período de lactancia y las aplica convenientemente, para lograr la máxima supervivencia y una óptima lactancia.

– CE4.1. Se han descrito los cuidados específicos que se deben proporcionar a los recién nacidos.

– CE4.2. Se han citado las características de un buen encalostramiento y el manejo adecuado de las adopciones y del traspaso de las crías, en su caso.

– CE4.3. Se ha explicado cómo se realiza adecuadamente la lactancia artificial.

– CE4.4. Se han enumerado los pasos para conseguir la supervivencia de las crías ante la hipótesis de la muerte de la madre tras el parto.

– CE4.5. Se han enumerado los datos más importantes que se deben recoger en los registros y se han cubierto fichas y los partes de control de parideras.

– CE4.6. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con las operaciones auxiliares en los procesos relacionados con la paridera.

– CE4.7. Se ha desinfectado adecuadamente el cordón umbilical, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de cuidados a las crías tras el parto y durante el período de lactancia.

– CE4.8. Se han manejado adecuadamente las adopciones y el traspaso de las crías, si procede, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de cuidados a las crías tras el parto y durante el período de lactancia.

– CE4.9. Se ha manejado la cría para una adecuada toma de calostros o leche, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de cuidados a las crías tras el parto y durante el período de lactancia.

– CE4.10. Se han identificado las crías adecuadamente, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de cuidados a las crías tras el parto y durante el período de lactancia.

– CE4.11. Se ha realizado, si procede, el descornado, el raboteo y el descolmillado, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de cuidados a las crías tras el parto y durante el período de lactancia.

– CE4.12. Se han anotado los datos necesarios para cubrir registros, fichas y partes de control de parideras, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de cuidados a las crías tras el parto y durante el período de lactancia.

– CE4.13. Se han realizado las operaciones auxiliares de cuidados a las crías durante el período de lactancia teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

– CE4.14. Se ha comprobado, en un caso o supuesto práctico correctamente caracterizado de lactancia artificial, que los equipos y materiales se encuentren limpios y preparados.

– CE4.15. Se ha controlado la temperatura del agua, en un caso o supuesto práctico correctamente caracterizado de lactancia artificial.

– CE4.16. Se ha dosificado y se ha preparado la mezcla siguiendo instrucciones, en un caso o supuesto práctico correctamente caracterizado de lactancia artificial.

– CE4.17. Se ha enseñado a beber y/o a succionar, en un caso o supuesto práctico correctamente caracterizado de lactancia artificial.

– CE4.18. Se ha realizado la limpieza de los equipos de lactancia, en un caso o supuesto práctico correctamente caracterizado de lactancia artificial.

• RA5. Indica las actuaciones que haya que llevar a cabo con los sementales para garantizar la eficacia reproductiva en una especie determinada.

– CE5.1. Se ha descrito el manejo del macho recela, según la especie, en la detección de celo.

– CE5.2. Se han descrito criterios de adiestramiento de sementales para la recogida de semen.

– CE5.3. Se ha descrito el protocolo adecuado de recolección de semen en sala de extracción.

– CE5.4. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con las operaciones auxiliares de manejo de sementales.

– CE5.5. Se ha manejado adecuadamente el macho recela, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de monta natural.

– CE5.6. Se ha sujetado adecuadamente el macho y la hembra en la monta, si procede, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de monta natural.

– CE5.7. Se han anotado los datos necesarios para cubrir los partes y los estadillos correspondientes, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de monta natural.

– CE5.8. Se han realizado las operaciones auxiliares en la monta natural teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

– CE5.9. Se ha adiestrado al semental para la recogida de semen, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado.

– CE5.10. Se ha preparado al animal para la recogida de semen, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado.

– CE5.11. Se ha recolectado el semen con las condiciones de higiene y temperatura adecuada, según la especie, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado.

– CE5.12. Se ha limpiado y se ha almacenado adecuadamente el material de inseminación, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de recogida de semen.

– CE5.13. Se han anotado los datos necesarios para cubrir los partes y los estadillos correspondientes, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de recogida de semen.

1.1.2. Contenidos básicos.

Ciclo reproductivo en la hembra:

• Nociones básicas del aparato reproductor.

• Duración y características del ciclo ovárico: celo y ovulación.

• Métodos de detección de celo.

• Cubrición: momento y sistema de cubrición, monta natural e inseminación artificial.

• Preparación de la hembra para la monta.

• Manejo en el período postcubrición.

• Gestación: seguimiento y cuidados; manejo en el preparto.

• Parto: signos, síntomas y etapas del parto; parto distócico.

• Lactancia: duración y cuidados básicos.

Manejo de las crías:

• Manejo del destete.

• Comportamiento y características en el nacimiento. Cuidados en los recién nacidos. Identificación y registro. Encalostramiento. Normas de ahijamiento.

• Operaciones especiales de manejo de las crías: procedimientos de descornado, descolmillado, raboteo y corte de picos.

• Manejo del destete.

• Enfermedades comunes de las crías.

Ciclo reproductivo de los sementales:

• Nociones básicas del aparato reproductor masculino.

• Cuidados básicos de los sementales.

Organización del trabajo y operaciones rutinarias:

• Operaciones en animales de reposición, en reproductores y en sus crías.

• Inmovilización animal.

• Códigos de buenas prácticas de manejo en la producción animal.

• Nociones básicas sobre alimentación de los animales.

Normativa básica comunitaria, estatal, autonómica y local:

• Normativa sobre prevención de riesgos laborales, sobre bienestar animal y sobre instalaciones y equipos ganaderos.

1.1.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo específico contiene la formación asociada a la función de realización de operaciones auxiliares de reproducción en ganadería.

La definición de esta función y las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Realización de operaciones auxiliares de manejo de las hembras en fase de gestación, para contribuir a la obtención de una descendencia viable y una buena producción láctea.

– Realización de operaciones auxiliares de manejo del celo y cubrición de las hembras para contribuir a la obtención de altos índices de gestación.

– Ayuda en el parto siguiendo instrucciones, para conseguir una descendencia sana y vigorosa.

– Realización de operaciones auxiliares en el manejo de las crías durante el período de lactancia para contribuir a un adecuado desarrollo de éstas.

– Realización de las operaciones auxiliares con los machos reproductores para contribuir al buen estado y a la finalidad de éstos.

1.2. Módulo específico: manejo de la producción en explotaciones ganaderas.

• Código: ME0158.

• Duración: 117 horas.

1.2.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Identifica y realiza los cuidados que se llevan a cabo sobre los animales de reposición para obtener su adaptación a la explotación y su adecuación como reproductores.

– CE1.1. Se han citado las acciones en las instalaciones de recepción de nuevos animales, con anterioridad a su llegada a la explotación.

– CE1.2. Se han enumerado acciones de control de salud en la recepción de los individuos.

– CE1.3. Se han citado criterios para la formación de lotes que contribuyan a un buen manejo reproductor.

– CE1.4. Se han descrito las operaciones auxiliares del programa sanitario en este período para una especie determinada.

– CE1.5. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con los cuidados que se deben proporcionar a los animales de reposición.

– CE1.6. Se han acondicionado las instalaciones en donde se instalarán los animales de reposición, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación.

– CE1.7. Se han aplicado las acciones sanitarias necesarias para asegurar la sanidad de la explotación, si procede, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación, siguiendo instrucciones.

– CE1.8. Se ha regulado la báscula y se han pesado animales de forma correcta, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación.

– CE1.9. Se han cubierto registros, fichas y partes de control de pesos, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación.

– CE1.10. Se han realizado lotes aplicando criterios de edad y peso, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación.

– CE1.11. Se ha valorado el aspecto general y la condición corporal del ganado, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación.

– CE1.12. Se ha realizado la alimentación adecuada para este período, según instrucciones, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de reposición de animales en una explotación.

– CE1.13. Se han realizado las operaciones auxiliares de reposición de animales, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

• RA2. Distingue los sistemas de marcado y/o identificación de los animales de renuevo según la especie, y aplica los procedimientos de manejo necesarios para efectuarlos.

– CE2.1. Se han citado los sistemas de identificación, así como el material y los equipos que haya que emplear en cada caso.

– CE2.2. Se han descrito los tipos de marcas y/o sistemas de identificación adecuados a cada especie.

– CE2.3. Se han citado los procedimientos de sujeción y/o inmovilización adecuados a cada especie para efectuar el marcado y/o la identificación.

– CE2.4. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal relacionadas con las operaciones auxiliares de identificación de los animales.

– CE2.5. Se ha seleccionado el material necesario para marcar y/o identificar a los animales según el protocolo establecido, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de marcado y/o identificación de una especie determinada en una explotación.

– CE2.6. Se ha realizado la sujeción o la inmovilización más adecuada al tipo de animal para su marcado y/o identificación, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de marcado y/o identificación de una especie determinada en una explotación.

– CE2.7. Se ha ejecutado el procedimiento de marcado y/o identificación establecido de forma adecuada, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de marcado y/o identificación de una especie determinada en una explotación.

– CE2.8. Se han realizado las operaciones de marcado y/o identificación cumpliendo las normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal.

• RA3. Describe los métodos de obtención, transporte, almacenamiento y conservación de la producción de la explotación ganadera (animales para venta, productos o subproductos), y efectúa en cada momento las operaciones básicas que proceda.

– CE3.1. Se han citado los criterios de obtención y conservación de la leche.

– CE3.2. Se han relacionado criterios de recolección de huevos.

– CE3.3. Se han enumerado los criterios de obtención y recolección de otros productos ganaderos (miel, lana, pelo, plumas etc.).

– CE3.4. Se han reconocido según la especie indicada los cuidados básicos en la preparación de animales para su transporte.

– CE3.5. Se han descrito las operaciones auxiliares de preparación y acondicionamiento de huevos para transporte.

– CE3.6. Se han identificado las partes de un equipo de ordeño.

– CE3.7. Se han precisado las operaciones auxiliares de preparación y acondicionamiento de la leche para transporte.

– CE3.8. Se han descrito las operaciones auxiliares de preparación y acondicionamiento de otros productos ganaderos para su transporte.

– CE3.9. Se ha indicado el manejo básico en el almacenamiento de los productos recolectados, de los estiércoles y de otros subproductos de la explotación ganadera.

– CE3.10. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, de bienestar animal y de seguridad alimentaria relacionadas con las operaciones auxiliares de manejo de productos y subproductos de la explotación ganadera.

– CE3.11. Se ha recogido la producción de la explotación según criterios establecidos, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de manejo para la obtención, el transporte, el almacenamiento y la conservación, si procede, de la producción de la explotación ganadera (animales para venta, productos o subproductos).

– CE3.12. Se ha realizado la limpieza del sistema de obtención de la producción de la explotación (equipo de ordeño, por ejemplo), en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de manejo para la obtención, el transporte, el almacenamiento y la conservación, si procede, de la producción de la explotación ganadera (animales para venta, productos o subproductos).

– CE3.13. Se ha almacenado y se ha conservado la producción de la explotación según procedimiento establecido, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de manejo para la obtención, el transporte, el almacenamiento y la conservación, si procede, de la producción de la explotación ganadera (animales para venta, productos o subproductos).

– CE3.14. Se ha acondicionado la producción para el transporte, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de manejo para la obtención, el transporte, el almacenamiento y la conservación, si procede, de la producción de la explotación ganadera (animales para venta, productos o subproductos).

– CE3.15. Se han realizado las operaciones para la obtención, el transporte, el almacenamiento y la conservación de la producción cumpliendo las normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal.

• RA4. Detalla las operaciones auxiliares de los procesos de conservación de las materias primas, preparación y distribución de las raciones de alimentos (volumétricos y concentrados), y las realiza aplicando las técnicas establecidas y los medios de que disponga la explotación ganadera.

– CE4.1. Se han enumerado las operaciones necesarias en la explotación para almacenar y conservar las materias primas.

– CE4.2. Se ha precisado el proceso de preparación de las raciones de alimentos.

– CE4.3. Se han identificado las partes de los equipos para preparación y distribución de alimentos, tanto concentrados como volumétricos.

– CE4.4. Se ha descrito el funcionamiento y la regulación adecuada de los equipos para la preparación y la distribución de alimentos concentrados y volumétricos.

– CE4.5. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, de bienestar animal y de seguridad alimentaria relacionadas con las operaciones auxiliares de conservación de materias primas, y la preparación y la distribución de alimentos.

– CE4.6. Se han preparado raciones alimentarias ajustadas al protocolo establecido, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de preparación y distribución de las raciones de alimentos.

– CE4.7. Se han utilizado correctamente los equipos para mezclar y distribuir alimentos, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de preparación y distribución de las raciones de alimentos.

– CE4.8. Se han distribuido los alimentos según indicaciones de frecuencia y horario indicados, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de preparación y distribución de las raciones de alimentos.

– CE4.9. Se ha comprobado el consumo de alimentos y de agua, y se han comunicado las incidencias observadas, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de preparación y distribución de las raciones de alimentos.

– CE4.10. Se han limpiado los materiales y los equipos, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de preparación y distribución de las raciones de alimentos.

– CE4.11. Se han realizado las operaciones auxiliares de preparación y distribución de alimentos teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y el bienestar animal.

• RA5. Define el estado de bienestar general y de salud de los animales, lo detecta mediante el control ambiental, la alimentación y la observación de signos característicos, y lo comunica según protocolos establecidos.

– CE5.1. Se han descrito las condiciones de temperatura y aireación de las instalaciones en cada etapa del proceso productivo para una especie determinada.

– CE5.2. Se han descrito los criterios básicos de bienestar animal.

– CE5.3. Se ha controlado el aumento de peso y consumo de alimentos de un lote de animales.

– CE5.4. Se han citado signos que denoten alteraciones de la salud de los animales.

– CE5.5. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, medioambientales, de bienestar animal y de seguridad alimentaria relacionados con las operaciones auxiliares en los procesos de control de estos factores.

– CE5.6. Se han comprobado las condiciones de temperatura y aireación de las instalaciones, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de control del estado de salud general de los animales de una explotación.

– CE5.7. Se ha comprobado el estado de los bebederos y la disponibilidad de agua, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de control del estado de salud general de los animales de una explotación.

– CE5.8. Se ha comprobado que el consumo de alimentos se ajuste a lo establecido, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de control del estado de salud general de los animales de una explotación.

– CE5.9. Se ha comunicado la información obtenida en las comprobaciones anteriores según protocolos establecidos, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de control del estado de salud general de los animales de una explotación.

– CE5.10. Se han identificado y se han marcado animales enfermos, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.

• RA6. Detalla las operaciones básicas de control de animales enfermos y realiza su correcta aplicación.

– CE6.1. Se han descrito los criterios y las medidas de identificación y aislamiento de animales enfermos.

– CE6.2. Se han reconocido los materiales adecuados para la correcta aplicación de los medicamentos.

– CE6.3. Se han descrito las condiciones adecuadas para el almacenamiento y la conservación de los medicamentos.

– CE6.4. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, medioambientales, de bienestar animal y de seguridad alimentaria relacionados con las operaciones auxiliares en los procesos relacionados con los programas sanitarios preventivos de la explotación.

– CE6.5. Se ha comprendido el contenido de la receta y del prospecto de un medicamento veterinario, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de un tratamiento veterinario (aplicación de un medicamento).

– CE6.6. Se ha utilizado el equipo adecuado de aplicación, siguiendo instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de un tratamiento veterinario (aplicación de un medicamento).

– CE6.7. Se ha preparado y se ha administrado la dosis indicada, siguiendo instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de aplicación de un tratamiento veterinario (aplicación de un medicamento).

– CE6.8. Se han realizado las operaciones auxiliares en la aplicación del tratamiento indicado teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales, medioambientales y de bienestar animal.

1.2.2. Contenidos básicos.

Nociones básicas sobre alimentación animal:

• Tipos de alimentos para rumiantes, cerdos, conejos, caballos y aves.

• Sistemas y pautas de distribución de alimentos para rumiantes, cerdos, conejos, caballos y aves.

• Características e importancia del agua en la alimentación de los animales.

• Desinfección del agua.

• Especies y variedades forrajeras, y alimentos concentrados más importantes en la alimentación del ganado.

• Nociones básicas de conservación de forrajes: henificación y ensilado.

• Equipos de preparación, mezcla y distribución de forrajes.

Conceptos básicos de morfología y fisiología de rumiantes, cerdos, conejos, caballos y aves:

• Morfología externa.

• Nociones del aparato digestivo: identificación sus partes principales.

• Actuaciones prácticas en la prevención y en el tratamiento de enfermedades de animales.

• Tratamientos higiénico-sanitarios para animales.

• Aplicación de programas vacunales y antiparasitarios en animales de reposición, de cría, y de producción de leche y huevos.

• Aplicación de tratamientos preventivos a la llegada de animales a la explotación. Observación de animales enfermos.

• Aplicación de tratamientos preventivos y/o curativos.

• Registro de tratamientos.

• Pérdida de bienestar de los animales: situaciones de estrés. Medidas de actuación ante animales muertos en la explotación.

Manejo e identificación de animales:

• Tareas de recepción y lotificación.

• Adecuación y control ambiental de las instalaciones.

• Sistemas de identificación.

• Sistemas de lectura (identificación electrónica, código de barras etc.).

• Listas de control y registro de animales.

• Organización del trabajo y rutinas en animales de recría y de cebo.

• Inmovilización animal.

• Normativa vigente al respecto.

Productos y subproductos de la explotación:

• Periodicidad en la recogida.

• Sistemas de recogida: equipo de ordeño.

• Colocación y transporte de los productos y subproductos.

• Limpieza de los sistemas de recogida.

• Almacenamiento y conservación de los productos y subproductos de la explotación.

• Almacenes y cámaras de conservación.

Normativa básica comunitaria, estatal, autonómica y local:

• Normativa sobre protección medioambiental, sobre prevención de riesgos laborales, sobre bienestar animal, sobre seguridad alimentaria, sobre seguridad e higiene en las operaciones de producción ganadera y en la manipulación de productos, y sobre instalaciones y equipos ganaderos.

• Otra normativa.

1.2.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo específico contiene la formación asociada a la función de realización de operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas.

La definición de esta función y las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Realización de operaciones auxiliares en hembras de reposición para contribuir a su adaptación a la explotación y a su adecuación como reproductoras.

– Realización de operaciones auxiliares en la identificación de los animales de recría y cebo para su control.

– Realización de operaciones auxiliares de manejo de la producción en la explotación ganadera (animales para venta, huevos, leche, miel y otros productos y/o subproductos).

– Almacenaje y conservación de las materias primas alimentarias, y distribución de los alimentos con las técnicas y los medios adecuados.

– Realización de operaciones auxiliares para conseguir el bienestar animal, prever alteraciones de la salud, tratar enfermedades, y almacenar y conservar medicamentos.

1.3. Módulo específico: pastoreo de ganado.

• Código: ME0159.

• Duración: 93 horas.

1.3.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Define las operaciones de manejo del ganado en sistemas de pastoreo y las realiza para aprovechar los recursos pastables del medio ambiente.

– CE1.1. Se han enumerado criterios para seleccionar los animales que salen a pastorear.

– CE1.2. Se han citado las principales precauciones en la conducción del ganado en pastoreo.

– CE1.3. Se han relacionado los riesgos y peligros potenciales a los que están sometidos los animales durante el aprovechamiento de pastos, praderas, rastrojeras etc.

– CE1.4. Se ha descrito el uso correcto de cerramientos, cercas y pastores eléctricos.

– CE1.5. Se han citado los cuidados básicos del perro pastor.

– CE1.6. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, medioambientales y de bienestar animal relacionados con las operaciones de pastoreo.

– CE1.7. Se ha conducido el ganado desde el establo al lugar del pastoreo y viceversa, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de pastoreo.

– CE1.8. Se ha realizado un aprovechamiento óptimo de la pradera, el pastizal etc., en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de pastoreo.

– CE1.9. Se ha realizado el pastoreo adecuado a las hembras jóvenes, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado.

– CE1.10. Se ha realizado el pastoreo adecuado a las hembras adultas, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado.

– CE1.11. Se han instalado adecuadamente bebederos, cerramientos, cercas y pastores eléctricos, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de pastoreo.

– CE1.12. Se han realizado las operaciones de pastoreo teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales, medioambientales y de bienestar animal.

• RA2. Estima las necesidades de suplemento, a la vista de los recursos alimentarios pastados, y lo prepara y lo distribuye con suficiencia, en un caso práctico.

– CE2.1. Se han enumerado las operaciones en la explotación necesarias para almacenar y conservar las materias primas.

– CE2.2. Se han conocido las características básicas de los procesos de henificación y ensilado.

– CE2.3. Se han identificado las partes de los equipos para preparación y distribución de alimentos, tanto concentrados como volumétricos.

– CE2.4. Se ha descrito el funcionamiento y la regulación adecuada de los equipos para preparación y distribución de alimentos concentrados y volumétricos.

– CE2.5. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, medioambientales, de bienestar animal y de seguridad alimentaria relacionados con las operaciones auxiliares en los procesos de preparación y distribución de alimentos.

– CE2.6. Se han preparado alimentos para cada especie animal y se ha realizado la distribución adecuada, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de preparación y distribución de suplementos alimentarios para ganado de pastoreo.

– CE2.7. Se han utilizado correctamente los equipos para preparar y distribuir alimentos, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de preparación y distribución de suplementos alimentarios para ganado de pastoreo.

– CE2.8. Se han distribuido los alimentos con la frecuencia y el horario adecuados, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de preparación y distribución de suplementos alimentarios para ganado de pastoreo.

– CE2.9. Se ha comprobado el consumo de alimentos y de agua, y se han comunicado las incidencias observadas, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de preparación y distribución de suplementos alimentarios para ganado de pastoreo.

– CE2.10. Se han limpiado los materiales y los equipos de preparación y distribución de alimentos, en un caso o supuesto práctico convenientemente caracterizado de preparación y distribución de suplementos alimentarios para ganado de pastoreo.

– CE2.11. Se han realizado las operaciones auxiliares en la preparación y la distribución de suplementos alimentarios, teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales, medioambientales y de bienestar animal.

• RA3. Enumera los primeros auxilios aplicados sobre ganado en pastoreo cuando sufren pequeños traumatismos y heridas de poca importancia, y los aplica en caso necesario.

– CE3.1. Se han enumerado criterios de vigilancia y medidas de aislamiento de animales enfermos.

– CE3.2. Se han reconocido los tipos de medicamentos y los materiales para utilizar sobre las heridas, así como su modo de aplicación.

– CE3.3. Se han marcado los animales tratados para su anotación en los registros correspondientes.

– CE3.4. Se han reconocido los materiales sanitarios adecuados para primeros auxilios en el tratamiento de pequeños traumatismos y heridas poco importantes.

– CE3.5. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales, medioambientales y de bienestar animal relacionados con las operaciones de primeros auxilios, en los procesos relacionados con los tratamientos de traumatismos y heridas.

– CE3.6. Se ha limpiado y se ha desinfectado una herida, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de herida poco importante o pequeños traumatismos.

– CE3.7. Se ha aplicado un apósito y se ha realizado un vendaje, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de herida poco importante o pequeños traumatismos.

– CE3.8. Se han aplicado inmovilizaciones básicas de extremidades contusionadas o traumatizadas, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de herida poco importante o pequeños traumatismos.

– CE3.9. Se han realizado las operaciones auxiliares de primeros auxilios teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos laborales, medioambientales y de bienestar animal.

1.3.2. Contenidos básicos.

Nociones básicas sobre alimentación de los animales en pastoreo:

• Tipos de pastos y alimentos para animales en pastoreo.

• Manejo del pastoreo.

• Sistemas y pautas de distribución de alimentos para animales en pastoreo.

• Características e importancia del agua en la alimentación para animales en pastoreo. Desinfección del agua.

• Especies y variedades forrajeras y alimentos concentrados más importantes en la alimentación del ganado en pastoreo.

• Especies y variedades de plantas tóxicas o peligrosas para el ganado.

• Nociones básicas de conservación de forrajes: henificación y ensilado.

• Equipos de preparación, mezcla y distribución de forrajes.

• Conceptos básicos de fisiología y comportamiento de los animales en pastoreo: nociones de las principales partes del aparato digestivo.

Organización del trabajo y nociones de manejo de animales en pastoreo:

• Tareas de agrupamiento.

• Inmovilización animal.

• Conducción del ganado. Horario de pastoreo.

• Normativa vigente al respecto.

• Sistemas de cercado: instalación, manejo y conservación. Mallas ganaderas. Cercados y pastores eléctricos.

• Pérdida de bienestar de los animales: situaciones de estrés en pastoreo.

Actuaciones prácticas en la prevención de enfermedades y el tratamiento de primeros auxilios en traumatismos y heridas de animales en pastoreo:

• Observación de animales enfermos.

• Aplicación de tratamientos preventivos y/o curativos.

• Registro de tratamientos.

• Tratamientos higiénico-sanitarios para animales en pastoreo.

• Aplicación de medicamentos tópicos, inyectables y orales.

Normativa básica comunitaria, estatal, autonómica y local:

• Normativa sobre protección medioambiental, sobre prevención de riesgos laborales, sobre bienestar animal, sobre seguridad alimentaria, sobre seguridad e higiene en las operaciones de producción ganadera y en la manipulación de productos, y sobre instalaciones y equipos ganaderos. Otra normativa.

1.3.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo específico contiene la formación asociada a la función de realización del pastoreo del ganado.

La definición de esta función y las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Realización del pastoreo con los animales apropiados para aprovechar los recursos vegetales del medio natural de forma sostenible.

– Suplementación, en caso necesario, de la alimentación del ganado de pastoreo para cubrir sus necesidades nutritivas cuando éstas no se obtengan en el campo.

– Detección de traumatismos, heridas, y posibles signos y síntomas de la alteración del estado de salud del ganado de pastoreo.

1.4. Módulo específico: mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.

• Código: ME0160.

• Duración: 93 horas.

1.4.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Indica los equipos necesarios para el acondicionamiento de las instalaciones ganaderas y ejecuta las operaciones de limpieza y desinfección necesarias para mantener y/o preparar dichas instalaciones según las instrucciones recibidas.

– CE1.1. Se han identificado las actuaciones de limpieza, desinfección, preparación y acondicionamiento que hay que llevar a cabo antes de la introducción de animales en una instalación (sistema todo dentro todo fuera).

– CE1.2. Se han reconocido los equipos y los productos idóneos para cada operación de limpieza, desinfección, preparación y acondicionamiento de las instalaciones ganaderas.

– CE1.3. Se han citado las condiciones ambientales adecuadas de las instalaciones ganaderas.

– CE1.4. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y medioambientales relacionados con las operaciones auxiliares en la preparación, limpieza, desinfección y acondicionamiento de las instalaciones ganaderas.

– CE1.5. Se ha retirado la materia orgánica de los alojamientos ganaderos tras la salida de los animales (basuras, piensos sobrantes etc.), según las instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de acondicionamiento de instalaciones ganaderas.

– CE1.6. Se ha realizado la limpieza y el lavado de las instalaciones (techos, paredes y suelos), de los materiales y del utillaje con agua limpia (caliente y a presión preferentemente) y detergentes, para favorecer la eliminación de la suciedad, aclarando con agua limpia, según las instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de acondicionamiento de instalaciones ganaderas.

– CE1.7. Se ha realizado la desinfección en las superficies, los materiales y los utensilios limpios con productos autorizados, según las instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de acondicionamiento de instalaciones ganaderas.

– CE1.8. Se han preparado y se han manejado los equipos de limpieza y desinfección de acuerdo con las operaciones que se vayan a realizar y las instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de acondicionamiento de instalaciones ganaderas.

– CE1.10. Se han aplicado los productos de limpieza y desinfección autorizados, con las técnicas adecuadas, con arreglo a la normativa y a las instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de acondicionamiento de instalaciones ganaderas.

– CE1.9. Se han realizado las operaciones anteriores teniendo en cuenta las instrucciones recibidas y la normativa básica medioambiental y de prevención de riesgos laborales.

• RA2. Describe las operaciones de mantenimiento básico en instalaciones, maquinaria, equipos, utillaje y herramientas, y las realiza de forma limpia y segura, de acuerdo con su nivel.

– CE2.1. Se han descrito las operaciones auxiliares básicas de mantenimiento y su frecuencia, en maquinaria y en equipos de la explotación.

– CE2.2. Se han descrito las herramientas y los útiles necesarios para realizar las operaciones auxiliares de mantenimiento de primer nivel.

– CE2.3. Se han reconocido las protecciones contra insectos, pájaros y roedores.

– CE2.4. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y medioambientales relacionadas con las operaciones auxiliares de mantenimiento básicas en las instalaciones, la maquinaria y los equipos de la explotación.

– CE2.5. Se han realizado las operaciones básicas en cada momento para su mantenimiento de primer nivel, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de una instalación, una máquina, un equipo o un útil debidamente caracterizado, tanto en sus especificaciones técnicas como en las de utilización.

– CE2.6. Se han manejado correctamente las herramientas seleccionadas para el mantenimiento básico, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de una instalación, una máquina, un equipo o un útil debidamente caracterizado, tanto en sus especificaciones técnicas como en las de utilización.

– CE2.7. Se han aplicado las operaciones auxiliares del programa de mantenimiento, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de una instalación, una máquina, un equipo o un útil debidamente caracterizado, tanto en sus especificaciones técnicas como en las de utilización.

– CE2.8. Se han revisado y se han comprobado las protecciones contra insectos, pájaros y roedores, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de una instalación, una máquina, un equipo o un útil debidamente caracterizado, tanto en sus especificaciones técnicas como en las de utilización.

– CE2.9. Se han eliminado los residuos del mantenimiento según las instrucciones recibidas, en un caso o supuesto práctico suficientemente caracterizado de una instalación, una máquina, un equipo o un útil debidamente caracterizado, tanto en sus especificaciones técnicas como en las de utilización.

– CE2.10. Se han aplicado las medidas de prevención de riesgos laborales en la ejecución de la operación de mantenimiento básico caracterizada.

• RA3. Indica qué equipos, útiles y/o herramientas se necesitan para efectuar los trabajos de mantenimiento de las instalaciones, y maneja la maquinaria dentro de la explotación de acuerdo con su nivel.

– CE3.1. Se han identificado los factores y las situaciones de riesgo más comunes en las instalaciones y en la utilización de maquinaria y equipos.

– CE3.2. Se han descrito los mecanismos de accionamiento y el manejo de la maquinaria, los equipos, los útiles y las herramientas de la explotación.

– CE3.3. Se han descrito las medidas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental en el manejo de los tractores y de los equipos de tracción utilizados en la explotación.

– CE3.4. Se han identificado las medidas de prevención de riesgos laborales y medioambientales relacionados con las operaciones auxiliares en el manejo de las instalaciones, la maquinaria y los equipos de la explotación.

– CE3.5. Se han identificado los elementos de accionamiento y su función, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de manejo de equipos o útiles, y de maquinaria dentro de la explotación.

– CE3.6. Se han acoplado elementos arrastrados, en su caso, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de manejo de equipos o útiles, y de maquinaria dentro de la explotación.

– CE3.7. Se ha manejado a su nivel la maquinaria y los equipos de tracción, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de manejo de equipos o útiles, y de maquinaria dentro de la explotación.

– CE3.8. Se han utilizado los equipos, las prendas de ropa y los elementos de protección personal adecuados para las operaciones que se vayan a realizar, en un caso o supuesto práctico debidamente caracterizado de manejo de equipos o útiles, y de maquinaria dentro de la explotación.

– CE3.9. Se han realizado las operaciones anteriores aplicando las medidas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.

1.4.2. Contenidos básicos.

Acondicionamiento de instalaciones de la explotación ganadera:

• Instalaciones de almacenaje, preparación y distribución para alimentación sólida y/o líquida.

• Instalaciones de almacenaje y conservación de otros insumos.

• Otras instalaciones y utillaje.

• Equipos, materiales y productos de limpieza y desinfección: características, componentes, regulación y mantenimiento.

Eliminación de subproductos ganaderos:

• Sistemas de eliminación: problemas medioambientales que plantean.

• Equipos para la limpieza, la desinfección, el almacenaje, la gestión de subproductos y la eliminación de residuos.

Riesgos y prevención de accidentes y daños en el uso de instalaciones de la explotación:

• Procedimientos seguros en la utilización de instalaciones.

• Elementos de protección de las instalaciones y personales.

• Manipulación y almacenaje de productos tóxicos y peligrosos.

Maquinaria y equipos de la explotación ganadera:

• Tipos, componentes y regulación básica.

• Mantenimiento básico de maquinaria y equipos sencillos de la explotación ganadera.

• Materiales y utillaje básico para el mantenimiento de primer nivel de maquinaria y equipos de la explotación ganadera.

Procedimientos seguros en utilización de maquinaria y equipos de la explotación ganadera:

• Riesgos y prevención de accidentes y daños en el uso de maquinaria y equipos.

• Elementos de protección en maquinaria y equipos.

• Preservación del medio ambiente en el uso de maquinaria y equipos.

• Higiene y protección personal en el uso de maquinaria y equipos.

Normativa comunitaria, estatal, autonómica y local:

• Normativa sobre protección medioambiental, sobre prevención de riesgos laborales, sobre bienestar animal, sobre seguridad alimentaria, sobre seguridad e higiene en las operaciones de producción ganadera y en la manipulación de productos, y sobre instalaciones y equipos ganaderos.

• Otra normativa.

1.4.3. Orientaciones pedagógicas.

Este módulo específico contiene la formación asociada a la función de realización de operaciones auxiliares de mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.

La definición de esta función y las líneas de actuación en el proceso de enseñanza y aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Ejecución de las labores de limpieza y desinfección de las instalaciones de la explotación.

– Realización de operaciones auxiliares de mantenimiento básico de las instalaciones, la maquinaria, los equipos, el utillaje y las herramientas de la explotación para su conservación en estado de uso.

– Manejo de la maquinaria, los equipos, el utillaje y las herramientas dentro de la explotación, de acuerdo con su nivel y aplicando las medidas de prevención de riesgos laborales.

1.5. Módulo específico: formación en centros de trabajo.

• Código: ME0161.

• Duración: 160 horas.

1.5.1. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

• RA1. Reconoce la estructura jerárquica de la empresa e identifica las funciones asignadas a cada nivel en relación con el desarrollo de la actividad.

– CE1.1. Se ha identificado la estructura organizativa de la empresa y las funciones de cada área.

– CE1.2. Se han identificado los procedimientos de trabajo en el desarrollo del proceso productivo.

– CE1.3. Se han relacionado las competencias de los recursos humanos con el desarrollo de la actividad productiva.

– CE1.4. Se ha identificado la importancia de cada elemento de la red en el desarrollo de la actividad de la empresa.

– CE1.5. Se han relacionado las ventajas y los inconvenientes de la estructura de la empresa frente a otro tipo de organizaciones empresariales.

– CE1.6. Se ha analizado el tejido empresarial del sector en función de la prestación que ofrece.

– CE1.7. Se han reconocido las empresas tipo, y se ha indicado su estructura organizativa y las funciones de cada departamento.

• RA2. Muestra hábitos éticos y laborales en el desarrollo de su actividad profesional, de acuerdo con las características de la tarea asignada y según los procedimientos establecidos de la empresa.

– CE2.1. Se ha reconocido y se ha justificado:

– Disposición personal y temporal que necesita el puesto de trabajo.

– Actitudes personales (puntualidad, empatía etc.) y profesionales (orden, limpieza y seguridad necesarias para el puesto de trabajo, responsabilidad etc.).

– Requisitos actitudinales ante la prevención de riesgos en la actividad profesional y las medidas de protección personal.

– Requisitos actitudinales referidos a la calidad en la actividad profesional.

– Actitudes relacionadas con el propio equipo de trabajo y con la estructura jerárquica establecida en la empresa.

– CE2.2. Se han identificado las normas de prevención de riesgos laborales que haya que aplicar en la actividad profesional y los aspectos fundamentales de la Ley de prevención de riesgos laborales.

– CE2.3. Se han aplicado los equipos de protección individual según los riesgos de la actividad profesional y las normas de la empresa.

– CE2.4. Se ha mantenido una actitud clara de respeto por el medio ambiente en las actividades desarrolladas y se han aplicado las normas internas y externas vinculadas.

– CE2.5. Se han mantenido organizados, limpios y libres de obstáculos el puesto de trabajo y el área correspondiente al desarrollo de la actividad.

– CE2.6. Se han interpretado y se han cumplido las instrucciones recibidas, y se ha responsabilizado del trabajo asignado.

– CE2.7. Se ha establecido una comunicación y una relación eficaces con la persona responsable en cada situación, y con los miembros de su equipo, y se ha mantenido un trato fluido y correcto.

– CE2.8. Se ha valorado la importancia de la actividad propia y la adaptación a los cambios de tareas asignados en el desarrollo de los procesos productivos de la empresa, integrándose en las nuevas funciones.

– CE2.10. Se ha comprometido responsablemente en la aplicación de las normas y de los procedimientos en el desarrollo de cualquier actividad o tarea.

• RA3. Realiza operaciones auxiliares de reproducción en ganadería, en condiciones de seguridad, cumpliendo el Plan de prevención de riesgos laborales y las instrucciones recibidas.

– CE3.1. Se han realizado operaciones auxiliares de manejo del celo y la cubrición de las hembras siguiendo instrucciones, para contribuir a la obtención de altos índices de gestación.

– CE3.2. Se han preparado las instalaciones en donde se realice la cubrición por monta natural, para posibilitarla.

– CE3.3. Se han realizado operaciones auxiliares de manejo de las hembras en fase de gestación, siguiendo instrucciones, para contribuir a la obtención de una descendencia viable y una buena producción láctea.

– CE3.4. Se ha ayudado en el parto siguiendo instrucciones, para conseguir una descendencia sana y vigorosa.

– CE3.5. Se han realizado operaciones auxiliares en el manejo de las crías durante el período de lactancia, atendiendo a las particularidades de cada especie, para contribuir a un adecuado desarrollo de éstas.

– CE3.6. Se ha llevado a cabo la identificación y el marcado de las crías, el descornado, el raboteo y el descolmillado, si procede, según las instrucciones recibidas.

– CE3.7. Se han realizado las operaciones auxiliares básicas del programa sanitario específico en hembras en fase de gestación, en el parto y sobre hembras lactantes, y en crías en lactancia, siguiendo instrucciones.

– CE3.8. Se han anotado los datos necesarios para el control y el seguimiento de las operaciones de manejo del celo y la cubrición de las reproductoras mamíferas, de la fase de gestación, del parto y de las operaciones en crías en lactancia, según las instrucciones preestablecidas, para que sean incorporados a los oportunos registros.

• RA4. Realiza operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas en condiciones de seguridad, cumpliendo los procedimientos y los requisitos relativos a la seguridad alimentaria, el plan de prevención de riesgos laborales y las instrucciones recibidas.

– CE4.1. Se han realizado las operaciones auxiliares en hembras de reposición siguiendo instrucciones, para contribuir a su adaptación a la explotación y a su adecuación como reproductoras.

– CE4.2. Se han realizado las operaciones auxiliares en la identificación de los animales de recría y cebo para el control de éstos, según las instrucciones recibidas.

– CE4.3. Se han realizado las operaciones auxiliares de manejo de la producción (animales para venta, huevos, leche, miel y otros productos y/o subproductos) en la explotación ganadera, siguiendo las instrucciones recibidas.

– CE4.4. Se han realizado las operaciones auxiliares básicas del programa sanitario específico en hembras de reposición, y en animales de recría y cebo, siguiendo instrucciones.

– CE4.5. Se ha llevado a cabo la identificación de los animales con el tipo de sistema indicado en las instrucciones recibidas.

– CE4.6. Se han observado las alteraciones en la conducta de los animales y se han notificado de acuerdo con los parámetros establecidos.

– CE4.7. Se han recogido los huevos procedentes de explotaciones avícolas, siguiendo instrucciones, para ser transportados y/o almacenados, según proceda.

– CE4.8. Se ha conservado la leche obtenida de hembras lecheras en condiciones idóneas de salubridad dentro de la explotación, hasta su recogida.

– CE4.9. Se ha retirado la miel de la máquina de recolección y se ha almacenado donde proceda, para su transporte y/o conservación, siguiendo instrucciones.

– CE4.10. Se han preparado para su transporte y/o almacenamiento otros productos y subproductos procedentes de explotaciones animales, siguiendo instrucciones.

– CE4.11. Se han almacenado y se han conservado las materias primas alimentarias, y se han distribuido los alimentos con los medios y las técnicas adecuadas.

– CE4.12. Se ha realizado la distribución de alimentos a los animales de acuerdo con los horarios prefijados, siguiendo instrucciones.

– CE4.13. Se ha realizado el almacenaje y la conservación de las materias primas, y la preparación y distribución de alimentos.

– CE4.14. Se han realizado las operaciones auxiliares para conseguir el bienestar animal, prever alteraciones de la salud, tratar enfermedades, y almacenar y conservar medicamentos, siguiendo instrucciones.

– CE4.15. Se ha sometido a los animales enfermos a un manejo adecuado, según indicaciones recibidas.

– CE4.16. Se han retirado de la explotación los cadáveres de animales, siguiendo instrucciones de superiores, con las debidas normas de seguridad y cumpliendo lo establecido en la legislación.

– CE4.17. Se han anotado y se han comunicado los tratamientos aplicados en los animales enfermos, según los protocolos establecidos.

– CE4.18. Se han almacenado y se han conservado los medicamentos en condiciones idóneas, según las instrucciones recibidas.

• RA5. Realiza el pastoreo del ganado, en condiciones de seguridad, cumpliendo el Plan de prevención de riesgos laborales y las instrucciones recibidas.

– CE5.1. Se ha realizado el pastoreo con los animales apropiados para aprovechar los recursos vegetales del medio ambiente de forma sostenible.

– CE5.2. Se ha adiestrado y se ha atendido el perro pastor que colabora en la conducción, el manejo, la recogida y la vigilancia del rebaño, para que realice adecuadamente su trabajo.

– CE5.3. Se han aplicado rápidamente las técnicas sanitarias básicas y los primeros auxilios, en caso de accidente laboral.

– CE5.4. Se ha suplementado, en caso necesario, la alimentación del ganado de pastoreo para cubrir sus necesidades nutritivas, cuando éstas no se obtengan en el campo.

– CE5.5. Se han almacenado y se han conservado las materias primas alimentarias de manera adecuada.

– CE5.6. Se han preparado los alimentos suplementarios según la forma indicada.

– CE5.7. Se ha vigilado el consumo de agua y de alimentos suplementarios suministrados a los animales, para evitar posibles alteraciones productivas y de salud.

– CE5.8. Se han anotado y se han comunicado, según los protocolos establecidos, los traumatismos, las heridas, los signos y los síntomas de alteración del estado de salud normal, y los tratamientos básicos aplicados en los animales.

– CE5.9. Se han detectado traumatismos, heridas y posibles signos y síntomas de la alteración del estado de salud del ganado de pastoreo, y se han realizado los tratamientos auxiliares básicos en caso necesario, en condiciones de seguridad, cumpliendo el Plan de prevención de riesgos laborales y las instrucciones recibidas.

• RA6. Realiza operaciones auxiliares de mantenimiento de instalaciones y manejo de la maquinaria y los equipos en explotaciones ganaderas, teniendo en cuenta la normativa básica medioambiental y de prevención de riesgos laborales, así como las instrucciones recibidas.

– CE6.1. Se han ejecutado las labores de limpieza y desinfección de las instalaciones de la explotación, según las instrucciones recibidas.

– CE6.2. Se ha revisado y se ha comprobado el estado de las protecciones contra insectos, pájaros y roedores, y se han comunicado las incidencias observadas.

– CE6.3. Se han eliminado los residuos generados por el mantenimiento básico de las instalaciones, la maquinaria, los equipos y el utillaje, según las instrucciones recibidas.

– CE6.4. Se han realizado operaciones auxiliares de mantenimiento básico de las instalaciones, la maquinaria, los equipos, el utillaje y las herramientas de la explotación para su conservación en estado de uso.

– CE6.5. Se ha ordenado y se ha ubicado la maquinaria, los equipos, los útiles y las herramientas, tras su uso, en los lugares adecuados.

– CE6.6. Se han manejado, dentro de la explotación y de acuerdo con su nivel, la maquinaria, los equipos, el utillaje y las herramientas aplicando las medidas de prevención de riesgos laborales.

– CE6.7. Se han utilizado correctamente los equipos, las prendas de ropa y los elementos de protección personal requeridos para el trabajo que se vaya a realizar.

– CE6.8. Se ha realizado la instalación y el manejo de estacas, postes, aislantes de cercas y/o pastores eléctricos, considerando las normas de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal.

2. Anexo II.

A) Espacios mínimos.

Espacio formativo

Superficie m2

(12 alumnos/as)

Aula polivalente.

30

Almacén.

120

Taller agrario.

90

Alojamientos ganaderos.

250 (m2 por especie)

Finca (*)

20.000

(*) Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación.

B) Equipamientos mínimos.

Espacio formativo

Equipamiento

  • Aula polivalente.
  • Ordenadores instalados en red, cañón de proyección y acceso a internet.
  • Medios audiovisuales.
  • Almacén.
  • Palas y rastrillos; carretillas y cubos.
  • Medicamentos; material de conservación y aplicación de medicamentos.
  • Taller agrario.
  • Máquinas autopropulsadas para la aplicación de los productos sanitarios, para la carga, la descarga y el transporte de materias primas y animales, para la limpieza, y para la alimentación, extracción y conservación de productos ganaderos.
  • Herramientas para el mantenimiento de máquinas y equipos.
  • Máquinas de agua a presión para lavado.
  • Productos de limpieza y desinfección.
  • Ropa y calzado de trabajo adecuados.
  • Ropa impermeable. Equipos de protección.
  • Protectores ópticos y acústicos.
  • Máquinas, utillaje, equipos e instalaciones ganaderas.
  • Alojamientos ganaderos.
  • Potros y material de recogida de semen.
  • Neveras portátiles.
  • Extractor para partos difíciles.
  • Equipos de sujeción y conducción de sementales.
  • Equipos y materiales para facilitar la monta.
  • Equipos y materiales de identificación y marcado.
  • Descornadores, cauterizadores, anillos de goma, instrumentos de corte y máquinas de aplicación.
  • Comederos de forrajes.
  • Sistema de ventilación.
  • Equipos de mezcla de alimentos (unifeed).
  • Materiales de confort de suelos.
  • Equipo de ordeño.
  • Contenedor de cadáveres.
  • Equipos y materiales de identificación y marcado.
  • Comederos de concentrados y de volumen.
  • Bebederos.
  • Material de manejo de ganado.
  • Repartidores automáticos de piensos y forrajes.
  • Animales de diferentes edades.
  • Cercas permanentes y móviles, mangas, equipos de pesaje, cepos de inmovilización y muelles de carga.
  • Equipos de protección.
  • Finca.
  • Silos de piensos y forrajes.

3. Anexo III.

A) Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos específicos del perfil profesional.

Módulo específicos

Especialidad del profesorado

Cuerpo

  • ME0157. Reproducción ganadera.

Operaciones y equipos de producción agraria.

Profesorado técnico de formación profesional.

Procesos de producción agraria.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

  • ME0158. Manejo de la producción en explotaciones ganaderas.

Operaciones y equipos de producción agraria.

Profesorado técnico de formación profesional.

Procesos de producción agraria.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

  • ME0159. Pastoreo de ganado.

Operaciones y equipos de producción agraria.

Profesorado técnico de formación profesional.

Procesos de producción agraria.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

  • ME0160. Mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.

Operaciones y equipos de producción agraria.

Profesorado técnico de formación profesional.

Procesos de producción agraria.

Catedráticos/as de enseñanza secundaria.

Profesorado de enseñanza secundaria.

B) Titulaciones requeridas para la impartición de los módulos específicos que conforman el perfil profesional en los programas de cualificación profesional inicial para los centros de titularidad privada o de otras administraciones distintas de la educativa.

Módulos específicos

Titulaciones

  • ME0157. Reproducción ganadera.
  • ME0158. Manejo de la producción en explotaciones ganaderas.
  • ME0159. Pastoreo de ganado.
  • ME0160. Mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.

• Licenciado/a, arquitecto/a, ingeniero/a, maestro/a, arquitecto/a técnico/a, ingeniero/a técnico/a, diplomado/a, título de grado, técnico/a superior, u otros títulos equivalentes cuyos perfiles académicos se correspondan con la formación asociada a los módulos específicos en el programa de cualificación profesional inicial.

4. Anexo IV.

Perfil de las personas formadoras que impartan los módulos específicos del perfil profesional en entornos productivos.

Módulo específico

Perfil profesional de la persona formadora

  • ME0157. Reproducción ganadera.
  • Dominio de los conocimientos y las técnicas que se relacionan con las operaciones auxiliares de reproducción ganadera, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
  • Formación académica de técnico superior y otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
  • Experiencia profesional de un mínimo de tres años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
  • ME0158. Manejo de la producción en explotaciones ganaderas.
  • Dominio de los conocimientos y las técnicas que se relacionan con operaciones auxiliares relacionadas con el manejo de la producción ganadera, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
  • Formación académica de técnico superior y otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
  • Experiencia profesional de un mínimo de tres años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
  • ME0159. Pastoreo de ganado.
  • Dominio de los conocimientos y las técnicas que se relacionan con el pastoreo del ganado, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
  • Formación académica de técnico superior y otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
  • Experiencia profesional de un mínimo de tres años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
  • ME0160. Mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.
  • Dominio de los conocimientos y las técnicas que se relacionan con el manejo y el mantenimiento de las instalaciones y de los equipos de explotaciones ganaderas, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
  • Formación académica de técnico superior y otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
  • Experiencia profesional de un mínimo de tres años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.

5. Anexo V.

Relación de los módulos específicos con las unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales que incluye el programa.

Módulo específico

Unidades de competencia

  • ME0157. Reproducción ganadera.
  • UC0712_1: realizar operaciones auxiliares de reproducción en ganadería.
  • ME0158. Manejo de la producción en explotaciones ganaderas.
  • UC0713_1: realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas.
  • ME0159. Pastoreo de ganado.
  • UC0714_1: realizar el pastoreo del ganado.
  • ME0160. Mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.
  • UC0715_1: realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de instalaciones y manejo de la maquinaria y de los equipos en explotaciones ganaderas.

6. Anexo VI.

Distribución horaria de los módulos específicos.

Módulo específico

Horas totales

Sesiones semanales (*)

  • ME0157. Reproducción ganadera.

117

5

  • ME0158. Manejo de la producción en explotaciones ganaderas.

117

5

  • ME0159. Pastoreo de ganado.

  93

4

  • ME0160. Mantenimiento de instalaciones, y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas.

  93

4

  • ME0161. Formación en centros de trabajo.

160

-

* Distribución semanal para los centros que impartan las enseñanzas del programa de cualificación profesional inicial en sesiones de 50 minutos.