María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el proceso seguido a instancia de Santiago Leira Ramos contra Ferralla Lois, S.L., el addor. concursal y el Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el nº 44/2010, se ha acordado notificar a Ferralla Lois, en ignorado paradero, el fallo de la sentencia:
«Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Santiago Leira Lamas contra la empresa Ferralla Lois, debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir dos mil doscientos cincuenta y ocho euros con veinticinco céntimos en los conceptos anteriormente referidos, condenando a la referida empresa al abono de dicha cantidad.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de citación a Ferralla Lois, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 5 de octubre de 2012
La secretaria judicial