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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 7 de noviembre de 2012 Pág. 41759

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (898/2010).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento seguridad social 898/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Hierros y Aluminios Pepe de Luisa, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre prestaciones, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 28 de septiembre de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reintegro prestaciones 898/2010, siendo demandante Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, con la representación del letrado Sr. Blanco Arce, y demandados la empresa Hierros y Aluminios Pepe de Luisa, S.L., así como el Instituto General de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la representación de la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. Suárez Berea.

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra y de la empresa Hierros y Aluminios Pepe de Luisa, S.L., así como contra el Instituto General de la Seguridad Social y contra la Tesorería General de la Seguridad Social, y, en consecuencia, declaro la responsabilidad directa y principal de la empresa Hierros y Aluminios Pepe de Luisa, S.L. en el abono de las prestaciones de incapacidad temporal y de los gastos de asistencia sanitaria satisfechos al trabajador José Pozo García por accidentes de trabajo, así como la subsidiara del Instituto Nacional de la Seguridad Social, como Fondo de garantía de accidentes de trabajo, en el concreto supuesto de insolvencia declarada de la empresa, y de la Tesorería General de la Seguridad Social, como fondo de reaseguro, y condeno a la empresa Hierros y Aluminios Pepe de Luisa, S.L., al abono a favor de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo de la cantidad de 403,53 euros, con responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social, así como de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Hierros y Aluminios Pepe de Luisa, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 15 de octubre de 2012

La secretaria judicial