Visto el acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2013, que subscribió la comisión paritaria del IV convenio colectivo autonómico de pompas fúnebres, en la reunión del día 14 de diciembre de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
La Dirección General de Trabajo y Economía Social
ACUERDA:
Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG núm. 222, de 18 de noviembre).
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2012
Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Trabajo y Economía Social
ANEXO
Acta da comisión paritaria del IV convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres de Galicia
En Santiago de Compostela, a las diez treinta horas del día catorce de diciembre de dos mil doce, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, sita en la calle Algalia de Abaixo, 24, bajo, se reúnen las personas indicadas abajo, que forman parte de la comisión paritaria del IV convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres de Galicia.
Representación empresarial:
Fernando Ruíz Posse (Agesef).
José Luis Varela Tabarés (Agesef).
Pedro de Diego Olavarrieta (Agesef).
Eduardo José Martínez Torrado (Agesef).
José Becerra Vázquez (Fegaserfu).
Representación social:
Serafín Álvarez Seoane (UGT Galicia).
Miguel Ángel Soto García (UGT Galicia).
José Manuel Crespo García (Sindicato Nacional de CC.OO. de Galicia).
Adolfo Naya Fernández (CIG).
Después del debate y análisis de las cuestiones objeto de esta reunión por las representaciones presentes en esta comisión, procede reflejar en el acta lo siguiente.
1. En primer lugar, se aprueba el libro de registro de servicios prestado, que se adjunta como anexo 1 a la presente acta, que entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
2. En segundo lugar, se procede a aprobar las tablas salariales del año 2013 conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del IV convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres de Galicia, que quedan de la siguiente forma:
Tabla salarial 2013
Categorías |
Salarios Bruto anual |
Jefe administrativo |
21.158,65 € |
Oficial 1ª administrativo |
17.085,61 € |
Oficial 2ª administrativo |
16.103,02 € |
Auxiliar administrativo |
14.954,72 € |
Funerario 1ª |
17.085,61 € |
Funerario 2ª |
14.954,72 € |
Funerario 3ª |
13.907,89 € |
Azafata |
14.954,72 € |
Mantenimiento y limpieza |
13.907,89 € |
3. Por último, los miembros de la comisión delegan en el personal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales la realización de los trámites de registro, depósito y publicidad de los acuerdos reflejados en esta acta ante la autoridad laboral competente.
No habiendo más asuntos que tratar, finaliza la reunión a las doce horas del día señalado en el encabezamiento, se expide al efecto esta acta, que firman, por duplicado ejemplar, todos los asistentes en prueba de conformidad.