En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
«Sentencia
Betanzos, 22 de noviembre de 2011
Fallo que estimando la solicitud de divorcio formulada por la procuradora Amparo Cagiao Rivas, en nombre y representación de María Dolores Prego López, contra José Antonio Loureiro Rodríguez, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges, celebrado el día 31 de marzo de 1984, con todos los efectos legales inherentes a esta declaración.
Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación ante este mismo juzgado y en un plazo de cinco días a partir de su notificación y que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.
Firme esta resolución llévese a cabo la oportuna anotación en el Registro Civil de A Coruña, donde consta inscrito el matrimonio, y quedando en las actuaciones certificación de las mismas, inclúyase la presente en el libro de sentencias.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la pronuncio, mando y firmo. Carmen Castro Pérez. Firmado».
Y como consecuencia del ignorado paradero de José Antonio Loureiro Rodríguez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Betanzos, 1 de junio de 2012
El/La secretario/a judicial

