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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Miércoles, 20 de febrero de 2013 Pág. 4842

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 4 de febrero 2013 sobre delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y en la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

La Agencia Gallega de Infraestructuras es una entidad pública instrumental adscrita a la consellería competente en materia de infraestructuras que tiene como objetivos básicos impulsar, coordinar y gestionar la política autonómica en materia de carreteras y otras infraestructuras.

Para el cumplimento de los mencionadas objetivos, el estatuto de la Agencia, aprobado por Decreto 173/2011, de 4 de agosto, configura la organización de la entidad con dos órganos de gobierno, la Presidencia y el Consejo Rector, y un órgano ejecutivo, la Dirección, y, aunque este último es al que le corresponde la gestión ordinaria de la entidad, el propio estatuto y otras normas sectoriales le atribuyen determinadas competencias a la persona titular de la consellería de adscripción.

Sin perjuicio de su titularidad, se considera conveniente delegar el ejercicio de determinadas competencias en otros órganos que tienen una mayor especialización y disponen de los medios adecuados para tramitar y resolver los correspondientes expedientes con una mayor agilidad. De esta forma, la delegación redunda en beneficio de la Administración y de los ciudadanos.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

DISPONGO:

Primero. Delegación de competencias en materia de infraestructuras en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

Se delega en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras el ejercicio de las competencias siguientes en materia de infraestructuras:

a) La resolución de los procedimientos de revisión de oficio de los actos administrativos nulos, declarar la lesividad de los anulables y revocar los de gravamen o desfavorables, según lo previsto en el capítulo I del título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

b) La resolución de las reclamaciones previas en asuntos civiles y laborales y de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.

Segundo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección de la Agencia

Se delega en la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras el ejercicio de la competencia para la aprobación del expediente de información pública de los estudios y proyectos de carreteras cuando así lo exijan las normas.

Tercero. Criterios complementarios

En la aplicación de la delegación se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. El ejercicio de las competencias que se delegan se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimeinto administrativo común, y en el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico.

2. En cualquier momento la persona titular de la consellería competente en materia de infraestructuras podrá avocar el ejercicio de las competencias que se delegan.

Cuarto. Resoluciones dictadas por delegación

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de la delegación contenida en esta resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Quinto. Eficacia de la delegación

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de febrero de 2013

Agustín Hernández-Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras