María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 226/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Varela Bello contra la empresa Reformas y Pinturas Afonso Moraes, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo dice:
Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por José Varela Bello, contra Reformas y Pinturas Alfonso Moraes, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Reformas y Pinturas Alfonso Moraes, S.L. a que abone al demandante la cantidad de 662,51 euros brutos, por los salarios devengados en septiembre de 2010, incrementada en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.
Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la empresa Reformas y Pinturas Afonso Moraes, S.L., en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente edicto.
A Coruña, 15 de febrero de 2013
La secretaria judicial