Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Martes, 9 de abril de 2013 Pág. 10594

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2012 por la que se autoriza una permuta de puntos de fondeo entre las bateas de cultivos marinos Celeste III y San Martín I.

Visto el expediente instruido a efectos de otorgamiento de autorización para la permuta de puntos de fondeo entre bateas, se apreciaron los siguientes:

a) Antecedentes de hecho.

Primero. Mediante escrito de 30.12.2003, Manuel Meis Cacabelos, en representación de Remagro, S.A. (A-36182087), solicitó permiso para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas denominadas Celeste III y San Martín I.

Segundo. El interesado aportó la documentación requerida para la tramitación en este tipo de procedimientos.

Tercero. En el expediente constan los informes técnicos de las bateas.

b) Fundamentos de derecho.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, y con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, que la modifica, y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia, y en la Orden de 18 de abril de 2001 por la que se regula el procedimiento que regirá la permuta de puntos de fondeo y los cambios de sistema, localización y cultivo en las bateas de cultivos marinos (DOG nº 83, de 30 de abril).

Vistos los antecedentes citados y de acuerdo con los fundamentos de derecho, esta consellería resuelve otorgarle a Remagro, S.A. (A-36182087) autorización para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas que se indican:

Subtipo: batea.

Nombre: Celeste III.

Especies: almeja babosa (Venerupis pullastra), almeja japonesa (Ruditapes philipinarum), ostra plana (Ostrea edulis), vieira (Pecten maximus), volandeira (Chlamys opercularis) y zamburiña (Chlamys varia).

Localización: cuadrícula nº 46.

Polígono: F.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Subtipo: batea.

Nombre: San Martín I.

Especies: mejillón (M. galloprovincialis).

Localización: cuadrícula nº 152.

Polígono: D.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Titular: Remagro, S.A. (A-36182087).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Como consecuencia de la permuta se modifican las localizaciones y vigencias de los títulos habilitantes, quedando como se indica:

Subtipo: batea.

Nombre: Celeste III.

Localización: cuadrícula nº 152.

Polígono: D.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Subtipo: batea.

Nombre: San Martín I.

Localización: cuadrícula nº 46.

Polígono: F.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Segunda. Las bateas afectadas deberán adaptarse a las condiciones de los polígonos de destino.

Tercera. La permuta se realizará en el plazo máximo de 3 (tres) meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta resolución. Finalizado el plazo indicado para la realización de la permuta sin que esta se llevase a cabo, la autorización quedará sin efecto.

Cuarta. Las bateas contarán con la pertinente autorización de los organismos competentes en la materia para el traslado a la nueva localización.

Quinta. Las fechas de fondeo deberán ser comunicadas con antelación suficiente, mediante escrito dirigido a la delegación correspondiente de esta consellería en Vilagarcía de Arousa, a efectos de que se realicen bajo la supervisión y el control de personal técnico del Servicio de Búsqueda, Salvamento Marítimo y Lucha contra la Contaminación.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 28 de noviembre de 2012

P.D. (Resolución 12.4.2012)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa de coordinación del Área del Mar