María Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 5079/2010 de esta sala, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la Tesorería General de la Seguridad Social; Asepeyo, Mutua de A.T. y E.P. de la Seguridad Social número 151, Construcciones Generales Rodríguez, S.L. y Virgilio Gregory Hernández López sobre otros derechos de seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:
«Fallo que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal del INSS contra la sentencia de fecha 13.7.2010, dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra, en proceso sobre seguridad social-reintegro, promovido por la Mutua Asepeyo contra el recurrente, la TGSS, Construcciones Generales Rodríguez, S.L. y Virgilio Gregory Hernández López, y confirmamos la sentencia recurrida».
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG, a fin de que sirva de notificación en forma a Construcciones Generales Rodríguez, S.L., con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 26 de marzo de 2013
La secretaria judicial