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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Martes, 18 de junio de 2013 Pág. 23458

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (705/2012).

Ángel Gómez Santos, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, por el presente

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En el presente procedimiento JVB 705/2012, seguido a instancia de Nicolás Rodríguez Martínez frente a Álvaro Cajal Sertal, Beatriz Eraso Rivas, se dictó sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 96/2013.

Vigo, 2 de mayo de 2013.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio verbal que con el número 705/2012 se siguen por instancia de Nicolás Rodríguez Martín, representado por la procuradora Amparo González Martínez y defendido por la letrada Sonia Raviña Castiñeiras, contra Álvaro Cajal Sertal, declarado en situación de rebeldía procesal, y de Beatriz Eraso Rivas, representada por el procurador Manuel Lamoso Rey y defendida por la letrada Gabriela Lago, los cuales tienen por objeto una pretensión de reclamación de rentas debidas de un contrato de alquiler de vivienda...

Fallo:

Estimo totalmente la demanda interpuesta por Nicolás Rodríguez Martín contra Álvaro Cajal Sertal y Beatriz Eraso Rivas, haciendo, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1º. Condeno a Álvaro Cajal Sertal y a Beatriz Eraso Rivas a abonarle al demandante, con carácter solidario, la cantidad de 6.085 euros, la cual reportará una indemnización por la demora equivalente al interés legal del dinero, a contar desde la fecha de la reclamación judicial, que será el interés legal, incrementado en dos puntos, contado desde la fecha de la presente sentencia.

2º. Condeno a Álvaro Cajal Sertal y a Beatriz Eraso Rivas a pagar las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se les hará saber que esta no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Álvaro Cajal Sertal, en paradero desconocido, se expide el presente con el fin de que le sirva de notificación en forma.

Vigo, 7 de mayo de 2013

El secretario judicial