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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Miércoles, 21 de agosto de 2013 Pág. 33699

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1080/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hace saber que ante este juzgado se tramitan autos con el número PO 1080/2012 a instancia de Eva Mª Seoane Blanco contra Gesthotel Catering, S.L. y Servicios de Hostelería Aguinchos, sobre cantidad, en los que el día 30 de mayo se dictó auto cuya parte dispositiva dice textualmente:

«Parte dispositiva.

Dispongo tener por desistida a Eva María Seoane Blanco de su demanda frente a Geshotel Catering, S.L., Servicios de Hostelería Aguinchos, S.L., sobre cantidad.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme esta resolución.

Incorpórese el original al libro de autos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículo 186 y 187 LPL).

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe».

Para que conste e insertar en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación a la empresa demandada Gesthotel Catering, S.L., con el apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del juzgado excepto las que revistan forma de emplazamientos, sentencias y autos, expido y firmo el presente.

A Coruña, 30 de julio de 2013

María Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial