Con fecha de 11 de septiembre de 2013, la conselleira de Sanidad ha resuelto desestimar el recurso de alzada que presentó David Ortega, en representación de la entidad Nuevo Ciclo Económico, S.L., con CIF B98021579 y domicilio en la avenida Andalucía, s/n, polígono industrial El Barranco, puesto 7, Mercasevilla, 41020, Sevilla, contra el acuerdo de intervención cautelar núm. IC 12/13 IP, dictado por la jefa territorial de la Consellería de Sanidad en Pontevedra el 19.3.2013.
Intentada la notificación de esta resolución según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y, al amparo de lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se le notifica al/a la director/a gerente de la entidad Nuevo Ciclo Económico, S.L. la referida resolución, para que pueda tener conocimiento de la misma.
Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para presentar recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y en el artículo 74 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, de conformidad con el artículo 46 de la referida Ley 29/1998.
También se le recuerda su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, avda. Fernández Ladreda, núm. 43, 1º, o en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad (Servicio Técnico-Jurídico), situada en la tercera planta del Edificio Administrativo San Lázaro, en Santiago de Compostela y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Pontevedra, 11 de noviembre de 2013
Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra