Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Martes, 10 de diciembre de 2013 Pág. 47419

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cambados

EDICTO (626/2010).

Julio Manuel González Muñoz, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados, por el presente anuncio que en este procedimiento seguido a instancia de Juan Francisco Otero Rey frente a Tear 4 Diseno-Promoción, S.L. se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados.

Sentencia: 62/2012.

Juez que la dicta: Jorge Hernández García.

Lugar: Cambados.

Fecha: 4 de junio de 2012.

Demandante: Francisco Otero Lamelas.

Abogado: Guillermo Lariño Noya.

Procurador: Jesús Martínez Melón.

Demandado: Tear 4 Diseno-Promoción, S.L.

Procedimiento: procedimiento ordinario 626/2010.

Objeto: reparación de daños.

Fallo.

Que debo estimar y estimo sustancialmente la demanda presentada por Francisco Otero Lamelas y debo condenar y condeno a Tear 4 Diseno-Promoción, S.L. a reparar los daños causados en el inmueble sito en Fonte de Ons, 1º A, Noalla (Pontevedra) descritos en el punto quinto del informe del perito judicial incorporado en este procedimiento, elaborado por Francisco Trigo Durán, en la forma descrita en el punto séptimo (respuesta segunda) de ese mismo informe.

Que debo condenar y condeno a Tear 4 Diseno-Promoción, S.L. al pago de las costas procesales.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que deberá interponerse en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación ante este órgano judicial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo independiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente 0409 0000 02 0080 11, indicando en el campo “concepto” la indicación “recurso” seguida del código “02 Civil-apelación”.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “02 Civil-apelación”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El juez».

Y encontrándose dicho demandado, Tear 4 Diseno-Promoción, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma del mismo.

Cambados, 8 de julio de 2013

El secretario judicial