De conformidad con el artículo 15 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, el Servicio de Conservación de la Naturaleza acordó iniciar el trámite de modificación de los límites del coto de pesca de Boborás, en el río Viñao, con las siguientes características:
Río: Viñao.
Ayuntamientos: O Irixo y Boborás.
Límites actuales:
Límite superior: puente de A Barcia (O Irixo).
Límite inferior: molino de A Teixeira (Boborás).
Longitud: 9,3 km.
Límites propuestos:
Límite superior: puente del molino de Santiso (O Irixo).
Límite inferior: molino de A Teixeira (Boborás).
Longitud: 10,5 km.
Las personas que se consideren afectadas por esta modificación podrán alegar por escrito lo que crean necesario. Para ello disponen de un plazo de 15 días, que comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en se publique este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.
Podrán acceder a la información sobre las características de la modificación del coto en las dependencias del Servicio de Conservación de la Naturaleza, en la dirección calle Paseo, 18, 5º, 32003 Ourense.
Ourense, 8 de noviembre de 2013
José César Losada Álvarez
Jefe territorial de Ourense