De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 112, de 14 de enero), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al denunciado, con los datos personales y último domicilio conocido que en el anexo se mencionan, mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, la resolución del procedimiento administrativo sancionador por infracción de la Ley 2/2011, de 5 de septiembre (BOE nº 253, de 20 de octubre), de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos.
El órgano competente para la resolución del expediente, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1.a) del Decreto 227/1995, de 20 de julio (DOG nº 146, de 1 de agosto), es el director del ente público.
Contra esta resolución, que no le pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia (artículo 107 en relación con el artículo 114 de la Ley 30/1992). El plazo para su interposición será de un mes (artículo 115 de la Ley 30/1992).
Transcurrido el antedicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario el importe de la sanción, dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria (BOE nº 302, de 18 de diciembre), mediante ingreso en calquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Galego, Banco Pastor, Banesto, BBVA, BHS, Caixa Galicia e Caixanova), empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de Portos de Galicia.
De no efectuarse el ingreso en el antedicho plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.
Y para que conste y sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.
Santiago de Compostela, 9 de diciembre de 2013
José Ignacio Villar García
Director de Puertos de Galicia
ANEXO
Expediente Denunciante |
Denunciado Último domicilio conocido |
Hecho denunciado Fecha-hora-puerto |
Precepto infringido |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
Sanc. 13-05-13-07 Celador del puerto |
Mejilloneras Santin, S.L. Lugar de Currás, 67, 36620 Vilanova de Arousa (Pontevedra) |
Atraque sin autorización. 22.3.2013; 11.00 horas; Vilanova de Arousa (Pontevedra) |
Art. 306.1.a) de la Ley 2/2011 Art. 19 de la Orden ministerial de 12.6.1976 |
Art. 312 de la Ley 2/2011 |
300 € |