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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Jueves, 23 de enero de 2014 Pág. 2778

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2013, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Salceda de Caselas (expediente IN407A 2013/212-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Electra Alto Miño, S.A.

Domicilio social: polígono industrial Chan da Ponte, parc. 19, 36450 Salvaterra de Miño.

Denominación: reforma y ampliación de potencia CT Revolta-2.

Situación: Salceda de Caselas.

Características técnicas: reforma y ampliación de potencia a 160 kVA, RT 20 kV/230-400 V, del centro de transformación Revolta-2, situado en A Revolta, Parderrubias, Salceda de Caselas.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 12 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 12 de diciembre de 2013

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra