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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Jueves, 23 de enero de 2014 Pág. 2808

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANUNCIO de 10 de enero de 2014, del Servicio de Vigilancia e Inspección, por el que se notifica el acuerdo de incoación del expediente sancionador S-P-25.13, en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo el acuerdo de incoación del expediente sancionador S-P-25.13 por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, para examinar el expediente en las dependencias del Servicio de Coordinación del Área Cultural de la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Pontevedra, y para presentar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse.

Se advierte al interesado de que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Santiago de Compostela, 10 de enero de 2014

Roberto Pena Puentes
Jefe del Servicio de Vigilancia e Inspección

ANEXO

Nº de expediente: S-P-25.13.

Interesado: Ángel Cabaleiro Lago.

Último domicilio conocido: O Carballal, 26, 36318 Cabral-Vigo.

Hechos imputados: construcción de una nave para ganado, en el lugar de O Carballal, parroquia de Cabral, en el entorno de protección del yacimiento arqueológico del castro de O Carballal, sin contar con la previa y preceptiva autorización de la Dirección General del Patrimonio Cultural.

Tipificación: artículo 90.g) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.