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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Jueves, 23 de enero de 2014 Pág. 2814

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 9 de enero de 2014 por la que se da traslado de la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU2/13/2013, devuelto por el servicio de Correos por resultar el interesado ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 16 de diciembre de 2013, dictó resolución por la que se declara que las obras de construcción de tres edificaciones en las que se desarrollan actividades de hostelería en el lugar de Ameiró, parroquia de Dena, en el término municipal de Meaño, no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y se ordena su demolición en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la presente resolución.

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a Manuel Domínguez Méndez, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica a dicho interesado la citada resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 9 de enero de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística