Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Viernes, 31 de enero de 2014 Pág. 4247

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4826/2011).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 4826/2011 -RF- de esta sección, seguido a instancia de Manuel Martínez Rodríguez contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Maz, MATEPSS núm. 11 (Umivale), La Mejor Receta, S.L., sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos:

Desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Manuel Martínez Rodríguez contra la sentencia de 22 de julio de 2011 del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, dictada en juicio seguido a instancia del recurrente contra la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social Maz, la entidad mercantil La Mejor Receta, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la sala la confirma íntegramente.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa La Mejor Receta, S.L., con último domicilio conocido en la calle Torrecedeira, 5, bajo, 36202 Vigo, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 13 de enero de 2014

La secretaria judicial