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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Miércoles, 19 de febrero de 2014 Pág. 6937

III. Otras disposiciones

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2014 por la que se crea el Área de Servicio Compartido de Hemodinámica y Cardiología Intervencionista del centro de Galicia.

Las enfermedades cardiovasculares son la primera causa de muerte y uno de los problemas de salud más relevantes para la población gallega. En este sentido, las salas de hemodinámica son elementos clave en el tratamiento de un importante número de patologías.

El Servicio Gallego de Salud, en desarrollo de su deber de garantizar la calidad de los procedimientos y la seguridad de los pacientes, debe velar por que la actividad que se realiza en todos sus servicios tenga las mejores garantías de éxito y consiga un volumen mínimo de casos que permita la realización de los procedimientos con criterios de calidad. La demanda actual y prevista de procedimientos aconseja al Servicio Gallego de Salud la creación de un área de servicio compartido para la prestación de hemodinámica y cardiología intervencionista que preste cobertura asistencial a la población adscrita a las estructuras organizativas de gestión integrada (EOXI) de Santiago de Compostela y Pontevedra-O Salnés.

Esta área de servicio compartido integrará funcionalmente los recursos de hemodinámica y cardiología intervencionista de los complejos hospitalarios universitarios de Santiago de Compostela y Pontevedra y dará cobertura a la población del ámbito de las EOXI de Santiago de Compostela y Pontevedra-O Salnés.

Esta fórmula organizativa tiene su amparo normativo en la Ley 8/2008, de salud de Galicia, que, en su artículo 32, establece como principios rectores del Sistema Público de Salud de Galicia potenciar el trabajo y la cooperación interhospitalaria, aproximar los servicios a los ciudadanos y promover la equidad en el acceso a las prestaciones sanitarias. Al mismo tiempo, el artículo 97 apuesta por modelos de gestión dinamizadores del servicio público a través de fórmulas organizativas integradoras de procesos asistenciales, utilizando medidas que fomenten la coordinación, colaboración y cooperación y superando la compartimentación existente entre hospitales.

Asimismo, el modelo que se propone está en consonancia con el dispuesto en el Decreto 37/2001, de 1 de febrero, de áreas de servicio compartido en estructuras hospitalarias del Servicio Gallego de Salud, que establece, entre otros fines, procurar el aprovechamiento del potencial de los recursos asistenciales presentes en los hospitales públicos, al objeto de mejorar la calidad de la asistencia sanitaria prestada. La publicación de dicho decreto creó un marco de actuación que permite la aplicación de técnicas que optimizan la asignación de recursos, agilizan el acceso a los servicios y mejoran la satisfacción de los ciudadanos.

Finalmente, es preciso subrayar que con la puesta en marcha de esta área se pretende generar una estructura organizativa asistencial de calidad, capaz de mejorar aspectos de la organización existente, creando un modelo estructurado, flexible y adaptado a los centros, promoviendo una organización de servicios más integrada y compartiendo, de forma más eficiente, los recursos públicos, profesionales y técnicos para la realización de los procedimientos de hemodinámica y cardiología intervencionista con las mayores garantías de calidad y seguridad para los pacientes.

Por todo ello, al amparo de lo dispuesto en la Ley de salud de Galicia, elaborado el plan asistencial de la citada área de servicio compartido en colaboración con las gerencias de las EOXI correspondientes y una vez emitido informe favorable de la Dirección General de Asistencia Sanitaria,

RESUELVO:

La creación del Área de Servicio Compartido de Hemodinámica y Cardiología Intervencionista del centro de Galicia, aunando los recursos de las EOXI de Santiago de Compostela y Pontevedra-O Salnés.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2014

Mª Nieves Domínguez González
Gerente del Servicio Gallego de Salud