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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Jueves, 20 de febrero de 2014 Pág. 7197

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (852/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 852/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rafael Botana Pintor contra la empresa Transportes del Mueble Júcar, S.L., el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 29, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

Sentencia.

En Santiago de Compostela a 28 de enero de 2014.

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de Rafael Botana Pintor, asistido por la letrada Ángeles Cancela Regueiro, frente a la mercantil Transportes del Mueble Júcar, S.L., el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y Javier García Bargüeño, en calidad de administrador concursal, que no comparecieron pese a constar debidamente citados, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes.

(…)

Fallo que estimo parcialmente la demanda interpuesta por Rafael Botana Pintor frente a la mercantil Transportes del Mueble Júcar, S.L., el Fogasa y Javier García Bargüeño y, en consecuencia, condeno a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad de 6.100,00 euros, cantidad que debe ser incrementada en el 10 % de intereses de mora, y condeno a Javier García Bargüeño, únicamente en su condición de administrador concursal, a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Transportes del Mueble Júcar, S.L., expido el presente.

Santiago de Compostela, 29 de enero de 2014

La secretaria judicial