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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Viernes, 21 de febrero de 2014 Pág. 7352

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 11 de febrero de 2014 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de grado y máster universitario en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional serán acordadas por la Comunidad Autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

En el ámbito autonómico esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Después de ser autorizadas a implantar los estudios, las universidades quedarán obligadas a adoptar las garantías precisas para que no se demore su impartición más allá de un curso académico. Por razones excepcionales, debidamente justificadas, el departamento competente en materia de universidades podrá autorizar la no impartición de la titulación en otro curso académico. La no impartición de la titulación más allá de dos cursos académicos consecutivos llevará consigo el inicio del procedimiento de supresión que determinará la revocación de la autorización de su implantación.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades de 20 de diciembre de 2013 y 10 de febrero de 2014, en el ejercicio de las competencias previstas en el artículo 56 de la Ley 6/2013, de 13 de junio, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos universitarios que se relacionan.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Revocar la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

• Grado en Arquitectura Naval, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 2502205.

• Grado en Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 2502208.

• Máster universitario en Ingeniería Matemática (interuniversitario coordina USC y participa UDC y UVIGO), autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310358.

• Máster universitario en Lengua y Usos Profesionales, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310008.

• Máster universitario en Lingüística y sus Aplicaciones (interuniversitario coordina UVIGO y participa UDC), autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310600.

• Máster universitario en Lógica y Filosofía de la Ciencia (interuniversitario), autorizado para USC por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y para la UDC por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310330.

Artículo 2

Revocar la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

• Máster universitario en Arqueología y Ciencias de la Antigüedad, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311947.

• Máster universitario en Ingeniería de Procesos Químicos y Ambientales, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311766.

• Máster universitario en Ingeniería Matemática (interuniversitario coordina USC y participa UDC y UVIGO), autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310358.

• Máster universitario en Estudio y Edición de Textos Literarios Españoles y Latinoamericanos, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312582.

• Máster universitario en Estudios Teóricos y Comparados de la Literatura y de la Cultura, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311761.

• Máster universitario en Estudios Ingleses. Tendencias Actuales y Aplicaciones, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311757.

• Máster universitario en Estudios Lingüísticos, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311759.

• Máster universitario en Lecturas sobre la Ciudad Histórica. Arte, Patrimonio Cultural y su Gestión, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312583.

• Máster universitario en Lógica y Filosofía de la Ciencia (interuniversitario), autorizado para USC por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y para la UDC por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310330.

• Máster universitario en Química Orgánica (interuniversitario coordina USC y participa la Universidad Autónoma y la Universidad Complutense de Madrid), autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310360.

• Máster universitario en Química Teórica y Modelización Computacional (interuniversitario), autorizado para UVIGO por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y para la USC por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311360.

Artículo 3

Revocar la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

• Máster universitario en Artes Escénicas, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310596.

• Máster universitario en Dirección Pública y Liderazgo Institucional, autorizado por el Decreto 245/2011, de 15 de diciembre (DOG de 3 de enero de 2012), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313039.

• Máster universitario en Ingeniería Matemática (interuniversitario coordina USC y participa UDC y UVIGO), autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310358.

• Máster universitario en Estudios Ingleses Avanzados: Interpretación Textual y Cultural de las Sociedades Anglófonas Contemporáneas, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310597.

• Máster universitario en Innovación Industrial y Optimización de Procesos, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310396.

• Máster universitario en Lingüística y sus Aplicaciones (interuniversitario coordina UVIGO y participa UDC), autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310600.

• Máster universitario en Ordenación Jurídica del Mercado, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311042.

• Máster universitario en Química Teórica y Modelización Computacional (interuniversitario), autorizado para UVIGO por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y para la USC por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311360.

• Máster universitario en Tecnologías Avanzadas de Procesos de Diseño y Fabricación Mecánica, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311010.

• Máster universitario en Tecnologías y Procesos en la Industria del Automóvil, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310399.

• Máster universitario en Traducción y Paratraducción, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311046.

Artículo 4

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2014

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria