Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Miércoles, 5 de marzo de 2014 Pág. 9434

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2014 por la que se procede a publicar el Acuerdo de encomienda de gestión de diversas consellerías en favor de esta consellería, para la colaboración en un programa de inspección y control de la incapacidad temporal para los años 2014-2016 en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.4 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se procede a publicar en el Diario Oficial de Galicia el Acuerdo de encomienda de gestión de diversas consellerías en favor de la Consellería de Sanidad, para la colaboración en un programa de inspección y control de la incapacidad temporal para los años 2014-2016 en la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado en el Consello de la Xunta de Galicia de 5 de diciembre de 2013.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente resolución.

ANEXO

Acuerdo de encomienda de gestión de diversas consellerías
en favor de la Consellería de Sanidad

Primero.

Dicho acuerdo de encomienda de gestión se suscribió por las siguientes consellerías el 9 de diciembre de 2013:

– Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

– Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

– Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

– Consellería de Trabajo y Bienestar.

– Consellería del Medio Rural y del Mar.

– Consellería de Sanidad.

Segundo. Actividades a las que se refiere

Dentro del objeto de este acuerdo de encomienda de gestión se desarrollará un programa especial de inspección y control de la incapacidad temporal por parte de los servicios de Inspección Sanitaria de la Consellería de Sanidad como prioridad y hoja de ruta para los próximos años 2014, 2015 y 2016.

Para alcanzar la mayor efectividad del programa y la mayor eficiencia en la racionalización de la incapacidad temporal, a efectos de su ejecución, se llevará a cabo la colaboración necesaria entre el personal médico asesor dependiente de cada consellería y las unidades de Salud Laboral de los servicios de Inspección Sanitaria provinciales de la Consellería de Sanidad.

En su virtud, a propuesta de la Consellería de Sanidad, el Consello de la Xunta de Galicia, decidido a facilitar y promover la colaboración y unidad de acción entre los diferentes departamentos de la Administración de la Xunta de Galicia afectados, promueve el presente acuerdo de encomienda de gestión para ganar en efectividad, por lo que determina llevar a cabo la misma.

Tercero. Naturaleza y alcance de la gestión

El objeto del acuerdo de encomienda de gestión es propiciar una colaboración eficiente entre los diferentes departamentos de la Xunta de Galicia para llevar a cabo el control de la prestación sanitaria por incapacidad temporal del empleado público de la función pública gallega adscrito, a efectos de este aseguramiento, al mutualismo administrativo de Muface y Mugeju. Se trata, por tanto, de comprobar que el absentismo por incapacidad temporal se adecúe a situaciones médicas reales en las que el reposo laboral debe formar parte del tratamiento clínico, lo que cumpliría con dos premisas esenciales que garantizarán una mayor eficiencia en la Administración de la Xunta de Galicia para:

1. Evitar la potencial existencia de prácticas que desvirtúen la esencia de la prestación.

2. Reducir las repercusiones económicas de las prácticas incorrectas dentro del capítulo I de los presupuestos generales de la Xunta de Galicia.

En consecuencia, el acuerdo viene a definir el ámbito de aplicación, concretar las cuestiones de competencia y la colaboración entre las unidades y agentes implicados para alcanzar con éxito un área del programa especial de inspección y control de la incapacidad temporal, en el ámbito del empleado público que pertenece al régimen especial de la Seguridad Social de funcionarios civiles del Estado y de la Administración de justicia gestionado por Muface y Mugeju, respectivamente, no sometido hasta este momento a ningún control por parte de las unidades de salud laboral de la Inspección Sanitaria.

También responde a la finalidad de precisar la colaboración entre las consellerías de la Xunta de Galicia firmantes del presente acuerdo de encomienda de gestión para que los servicios de Inspección Sanitaria de la Consellería de Sanidad se conviertan en unidades de asesoramiento facultativo a las que los órganos de personal respectivos puedan recabar informe a efectos de valoración de la incapacidad temporal para la concesión de licencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.1.a) del Decreto 375/2003, por el que se aprueba el Reglamento del mutualismo administrativo.

Asimismo, el acuerdo de encomienda de gestión tiene como último fin el efectivo abordaje de un programa especial de inspección y control de la incapacidad temporal dentro del Plan de prioridades de inspección sanitaria de la Consellería de Sanidad para los años 2013-2016, y cumplir con las actuaciones y objetivos de los anexos de este acuerdo.

Cuarto. Plazo de vigencia

El acuerdo de encomienda de gestión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y surtirá efectos hasta el 31 de diciembre de 2016; podrá ser prorrogado por períodos anuales mediante acuerdo expreso de las partes formalizado con anterioridad a su finalización, el cual deberá ser también objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia. Sin perjuicio de lo señalado, con anterioridad a la fecha de terminación de su vigencia, podrá ser denunciado por cualquiera de las partes firmantes o, en su caso, revocado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Xunta de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2014

Rocío Mosquera Álvarez
Conselleira de Sanidad