Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Viernes, 28 de marzo de 2014 Pág. 13228

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 11 de marzo de 2014 por la que se modifica la autorización del centro privado Fogar de Santa Margarida, del municipio de A Coruña.

El representante de la titularidad del centro privado Fogar de Santa Margarida, del municipio de A Coruña, solicita la ampliación de 2 unidades de educación especial (plurideficientes).

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Autorizar la ampliación de 2 unidades de educación especial en el centro privado que se señala a continuación:

Denominación genérica: centro privado.

Denominación específica: Fogar de Santa Margarida.

Código del centro: 15004794.

Domicilio: c/ Valle Inclán, 1-3.

Localidad: A Coruña.

Municipio: A Coruña.

Provincia: A Coruña.

Titular: Patronato Hogar Santa Margarita.

Composición resultante:

• Educación infantil: 9 unidades.

• Educación primaria: 18 unidades.

• Educación secundaria.

– 12 unidades de educación secundaria obligatoria.

– 6 unidades de bachillerato, de las modalidades de: Ciencias y tecnología, y Humanidades y ciencias sociales.

• Educación especial: 3 unidades (plurideficientes).

• 2 ciclos formativos de grado medio de Comercio (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• PCPI Cocina (1 unidad) *.

• PCPI Comercio (1 unidad) *.

• PCPI Módulo voluntario 2º curso (1 unidad) *.

* Enseñanzas afectadas por el desarrollo e implantación de los ciclos de formación profesional básica, en aplicación de lo previsto en la disposición final quinta de la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y el Real decreto 127/2014, de 28 de febrero, que regula aspectos específicos de la formación profesional básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, y aprueba catorce títulos profesionales básicos, fija sus currículos básicos y modifica el Real decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Segundo. Para la puesta en funcionamiento de las unidades que se amplían la Jefatura Territorial de A Coruña, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia.

Tercero. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2014

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria