Con fecha 18 y 11 de marzo de 2014, el instructor de los procedimientos dictó propuestas de resolución de los procedimientos sancionadores PO.19/2013 y PO. 31/2013 incoados por la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Pontevedra, contra Mercagol, S.L., titular del establecimiento comercial Futgol.
Intentada la notificación de las propuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y según lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida ley, se notifica a la interesada el contenido de la citada propuesta, que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de la misma.
Se advierte a la interesada que, en cumplimiento del artículo 19.1 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se le concede un plazo de 15 días, desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, para formular las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que considere pertinentes ante el instructor del procedimiento, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de este departamento territorial, sito en la plaza de la Estrella, s/n, de Vigo.
Vigo, 27 de marzo de 2014
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Vigo
ANEXO
Expediente: PO.19/2013
Interesada: Mercagol, S.L., Futgol, CIF B36841138, en la calle Cruz Gallastegui, 10, Pontevedra, y notificado el acuerdo de incoación en Camiño do Romeu, 31, planta 1ª, Coruxo, 36312 Vigo, Pontevedra.
Hecho imputado: una infracción grave en materia de comercio.
Preceptos infringidos: artículos 44.2 e 44.3 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.
Sanción propuesta: una multa de 1.501 euros (mil quinientos un euros).
Expediente PO. 31/2013.
Hecho imputado: una infracción leve en materia de comercio.
Precepto infringido: artículo 10.7 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.
Sanción propuesta: una multa de 200 euros (doscientos euros).