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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Lunes, 5 de mayo de 2014 Pág. 20254

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 11 de abril de 2014 por la que se clasifica de interés social la Fundación José Ramón Garro Quiroga.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación José Ramón Garro Quiroga con domicilio en la calle Chantada, nº 134, en Monforte de Lemos (Lugo).

Hechos:

1. Rocío Balado Álvarez, actuando en representación del presidente de la Fundación, solicitó su clasificación a los efectos de la correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación José Ramón Garro Quiroga fue constituida en escritura pública otorgada en Monforte de Lemos el 1 de marzo de 2011, ante la notaria Patricia Posse Paz, con número de protocolo 361, por José Luís Garro Carballo, José Val y Val y Alejandro Mazaira Garro, en cumplimiento de la voluntad testamentaria de José Ramón Garro Quiroga.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto dotar de un aparcamiento al cementerio de San Vicente de Castillón en la parroquia de Pantón, así como el mantenimiento de dicho cementerio.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por José Luís Garro Carballo, como presidente; Alejandro Mazaira Garro, como vicepresidente, y José Val y Val, como secretario.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación José Ramón Garro Quiroga, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés social y su adscripción a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 7 de abril de 2014,

DISPONGO:

Clasificar de interés social la Fundación José Ramón Garro Quiroga, adscribiéndola al protectorado de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 11 de abril de 2014

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia