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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Martes, 6 de mayo de 2014 Pág. 20452

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2014 por la que se convocan elecciones para la renovación de los órganos rectores de las cofradías de pescadores de Galicia, incluidas sus agrupaciones sectoriales, y de sus federaciones.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, y según lo recogido en el Decreto 8/2014, de 16 de enero, por el que se regulan las cofradías de pescadores de Galicia y sus federaciones, y con el artículo 2 de la Orden de 29 de abril de 2014 por la que se regulan las elecciones para la renovación de los órganos rectores de cofradías de pescadores de Galicia y de sus federaciones,

RESUELVO:

Primero. Convocar elecciones para la renovación de los órganos rectores de todas las cofradías de pescadores de Galicia, de sus agrupaciones sectoriales y de sus federaciones provinciales y de la Federación Gallega de Cofradías de Pescadores, haciendo constar:

1. Las votaciones tendrán lugar el día 28 de junio de 2014.

2. Las votaciones comenzarán a las 10.00 horas y los colegios electorales permanecerán abiertos un mínimo de cuatro horas y un máximo de ocho continuadas, según el plan electoral de cada cofradía ratificado por el Servicio de Apoyo y Relaciones con las Organizaciones Sectoriales.

3. Plazo para el ejercicio del voto por correo:

a) El plazo de solicitud del voto por correo se iniciará el día siguiente al de la publicación del censo electoral definitivo y abarcará hasta la fecha de proclamación provisional de las candidaturas.

b) El plazo límite para que la comisión electoral reciba los votos por correo finalizará veinticuatro horas antes de las votaciones.

4. Las comisiones y las mesas electorales emplearán el sistema de elaboración y comunicación electrónica de actas puesto a disposición por la Consellería del Medio Rural y del Mar (Elecon). El/la secretario/a de la comisión electoral y el/la de la mesa electoral remitirán a la junta electoral las actas, en los plazos establecidos para cada caso en la Orden de 29 de abril de 2014.

5. La sede de la junta electoral será en las dependencias de la Subdirección General de Régimen Jurídico-Administrativo de la Secretaría General Técnica de la Consellería del Medio Rural y del Mar, sita en San Caetano, s/n, 15178 Santiago de Compostela, con número de fax 981 54 40 37 y correo electrónico apoio.confrarias@xunta.es

Segundo. Durante el desarrollo del proceso electoral, los órganos rectores estarán en funciones y podrán realizar unicamente actos de simple trámite o de gestión ordinaria; sus mandatos concluirán con la toma de posesión de los miembros de los órganos rectores electos, conforme a lo dispuesto en el artículo 92.2 do Decreto 8/2014, de 16 de enero, por el que se regulan las cofradías de pescadores de Galicia y sus federaciones.

Tercero. De acuerdo con la disposición adicional primera de la Orden de 29 de abril de 2014 se considerará el mes de agosto como período inhábil para el desarrollo de elecciones a órganos rectores de las cofradías de pescadores de Galicia, incluidas las agrupacións sectoriales, de sus federaciones provinciales y de la Federación Gallega de Cofradías de Pescadores.

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de mayo de 2014

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar