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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Miércoles, 14 de mayo de 2014 Pág. 21790

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Santiago de Compostela, Ames, Brión y Teo (expediente IN407A 2006/250).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: anexo II del retranqueo MT en Bertamiráns (AG-56 Santiago (N-550 en A Rocha)-Brión (AC-543).

Situación: ayuntamientos de Santiago de Compostela, Ames, Brión y Teo.

Características técnicas:

1. Las líneas de media tensión aéreas afectadas por la salida de la AG56 a SC-20, en el tramo entre el CT Cruxeiras (expediente 51.947) y CT Telefónica y la subestación Santiago II, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela, son las siguientes:

Línea de MT aérea DC Santiago II-A Lavacolla a 20 kV (expediente 51.022) SNT-813 y SNT-811, ambos circuitos sobre apoyos compartidos, con el origen en apoyo nº 2 proyectado tipo C-9000/22 y final en apoyo nº 4 proyectado tipo C-7000/18, con una longitud de 0,242 km, en conductor LA-110.

2. Las líneas de media tensión subterráneas afectadas por el retranqueo en el pk 0 +910, en el tramo comprendido entre la subestación Santiago II y los CCTT Novo Hospital, A Rocha Vella, Panosa, Hospital Provincial, A Ponte Rocha, Centro Comercial Lidl, Volta do Castro 3 y los CCRR Ponteseca y Vidán, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela; proyectándose bajo canalización existente de la LMTS subestación San Caetano-Cidade da Cultura-subestación Santiago II (expediente IN407A 2004/479), con una longitud de 0,625 km igual para todas las líneas, con origen en celda de línea subestación Santiago II y final en punto de acceso proyectado, con conductor RHZ1-2OL(S) 12/20 kV 3 (1×240) mm² Al y RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×240) mm² Al son las siguientes:

Línea de MT subterránea SNT-8114 Novo Hospital (expediente IN407A 1999/01) a 20 kV.

Línea de MT subterránea SNT-8273 Cero-Fonteseca (expediente IN407A 1999/52) a 20 kV.

Línea de MT subterránea SNT-8136 Pumares-Boqueixón (expediente IN407A 1997/260) a 20 kV.

Línea de MT subterránea SNT-8278 Vidán-Animalario (expediente IN407A 2005/406) a 20 kV.

Línea de MT subterránea SNT-896 Vidán-Galeras (expediente 18.117) a 20 kV.

Línea de MT subterránea SNT-897 Hipercor (expediente 26.993) a 20 kV.

Línea de MT subterránea SNT-8275 Gándara-Conxo (expediente IN407A 1999/371) a 20 kV.

Línea de MT soterrada SNT-8277 Santiago II-Santa Marta (expediente IN407A 2001/256) a 20 kV.

Línea de MT soterrada SNT-8279 Conxo II (expediente IN407A 2004/169) a 20 kV.

3. La línea de media tensión afectada por el retranqueo en el pk 3 +160 es la siguiente:

Línea de MT aérea SNT-827 Bertamiráns en el tramo entre el CT Costoia (expediente IN407A 1995/132) y el CT Pardiñas (expediente 22.848) a 20 kV, con el origen en apoyo nº 6 existente y final en apoyo nº 7 proyectado tipo HV-630/15 bajo LMTA existente, con una longitud de 0,088 km, en conductor LA-56, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela.

4. La línea de media tensión afectada por el retranqueo en el PQ 7 +609 es la siguiente:

Línea de MT subterránea SNT-893 Bertamiráns 2 en el tramo entre CT grupo escolar y el CT urbanización Estivada I (expediente IN407A 2004/9), con el origen y final en la misma línea, en una longitud de 0,158 km y con conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×240) mm² Al, en el ayuntamiento de Ames.

5. La línea de media tensión afectada por el retranqueo en el pk 9 +220 al PQ 9 +530 es la siguiente:

En el pk 9 +220 la línea de MT aérea NEG-805 Chancela a 20 kV, en un tramo de la derivada al CT Castrigo (expediente 31.942) con el origen en apoyo nº 4 existente y final en apoyo nº 6 proyectado tipo CH-1600/20, con una longitud de 0,114 km, en conductor LA-56.

En el pk 9 +220 al PQ 9 +530 la línea de MT aérea NEG-805 en el tramo entre CT Brans (expediente 31.942 y CT piscina (expediente IN407A 2011/84), con la instalación del nuevo apoyo nº 2 tipo HVH-2500-S13 y nuevo apoyo nº 3 tipo HVH-1000-S15, en el ayuntamiento de Brión.

6. La línea de media tensión afectada por el retranqueo en el pk 10 +500 es la siguiente:

Línea de MT subterránea NEG-805 Chancela en el tramo entre el CT Guldrís (expediente 51.875) y el CT Adoufe II (expediente IN407A 2009/74) a 20 kV, con el origen en el paso aerosubterráneo en apoyo fin de línea proyectado tipo HVH-15/2005 y final en el paso aerosubterráneo en apoyo fin de línea proyectado tipo HVH-13/2500, en una longitud de 0,96 km y con conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×150) mm² Al, en el ayuntamiento de Brión.

7. La línea de media tensión afectada por el retranqueo en el lugar de A Agrela es la siguiente:

Línea de MT SNT-811 Biduído-Pontespiño en el tramo entre el CT Mimosas (expediente 51.536 y el CT A Agrela (expediente 51.174) a 20 kV, con el origen en apoyo existente nº 4 y final en apoyo proyectado nº 5 tipo HV-1000/15 bajo LMTA existente, con una longitud de 0,130 km, en conductor LA-56, en el ayuntamiento de Teo.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 21 de abril de 2014

Por vacante (Artículo 30.3 del Decreto 110/2013; DOG nº 140, de 24 de julio)
Isidoro Martínez Arca
Jefe del Servicio de Administración Industrial