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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Jueves, 15 de mayo de 2014 Pág. 21983

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 394/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Enrique Barreiro Antonio contra Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danau, S.L., Papeles y Tintas, S.L. registrado con el nº PO 394/2013 se ha acordado citar a Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danau, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas del Juzgado de lo Social número 3, situado en la calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas15707 el día 22.7.2014 a las 11.40 y a las 11.45 horas para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que tiene a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, copia de la demanda y decreto de admisión de la misma y demás resoluciones y documentos obrantes en el procedimiento.

Se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danau, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 23 de abril de 2014

La secretaria judicial