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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 9 de junio de 2014 Pág. 26033

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 4 de febrero de 2014 por la que se autoriza la transmisión inter vivos y mortis causa del permiso de actividad y concesión administrativa de un establecimiento de cultivos marinos.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión del establecimiento que se cita a continuación y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Por Resolución de 16 de noviembre de 2011, del expediente de caducidad iniciado a Concepción Paz Suárez, como titular de un parque de cultivo sito en Abanqueiro, ayuntamiento de Boiro, ría de Arousa (A Coruña), la conselleira del Mar declara la rehabilitación de la concesión administrativa y la transmisión de la titularidad de la misma a favor de Cristina Borrás Paz, Fermín Borrás Paz, Elena Concepción Borrás Carnero, Adriano Antonio Borrás Carnero, Gonzalo José Borrás Carnero y Joaquín Eduardo Borrás Carnero.

Segundo. Mª Cristina Borrás Paz solicita, en escrito con registro de entrada de 4.9.2013, la voluntad de subrogarse en los derechos y obligaciones que ostentaba Fermín Borrás Paz, por fallecimiento del mismo, pasando a ser del 75 % la cota de participación de la solicitante, en la titularidad de la concesión, sin aportar otra documentación.

Tercero. Con fecha de 26.12.2013 se recibe, en el departamento territorial de A Coruña, solicitud para autorizar la transmisión de la titularidad inter vivos, con documento compulsado de la solicitud presentada con fecha de 30.9.2013 por los cotitulares Adriano Antonio Borrás Carnero y Gonzalo José Borrás Carnero.

Cuarto. Con fecha de 17.1.2014 se notifica a Adriano Antonio Borrás Carnero y a Gonzalo José Borrás Carnero la autorización previa para la transmisión de la titularidad.

Quinto. Con fecha de 24.1.2014 Cristina Borrás Paz solicita la transmisión mortis causa de la participación en el parque de cultivo del cotitular fallecido Fermín Borrás Paz, y aporta la oportuna documentación.

Sexto. Con fecha de 29.1.2014 se notifica a María Cristina Borrás Paz la autorización previa para la transmisión de la titularidad.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente, de conformidad con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Vistas las disposiciones citadas, y la propuesta de resolución elaborada por el jefe de sección de acuicultura, la Consellería del Medio Rural y del Mar resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos y mortis causa, a favor de María Cristina Borrás Paz (DNI 35384226-Z), conforme a la solicitud, de las cuotas de participación en el título administrativo del establecimiento de cultivos marinos, que es relacionado a continuación:

Tipo: parque de cultivo.

Especies: almeja fina, almeja babosa, almeja japonesa y berberecho.

Ubicación: pta. Palma-pta. Capitán, Abanqueiro, Boiro, A Coruña.

Fecha otorgamiento: resolución de rehabilitación de 16.11.2011 de la Consellería del Mar.

Superficie dominio público: 32.000 m2 .

Fin de la vigencia: 29.7.2018.

Titulares: Cristina Borrás Paz, Fermín Borrás Paz, Elena Concepción Borrás Carnero, Adriano Antonio Borrás Carnero, Gonzalo José Borrás Carnero y Joaquín Eduardo Borrás Carnero.

Nuevos titulares: 87,5 % María Cristina Borrás Paz (DNI 35384226-Z), 6,25 % Elena Concepción Borrás Carnero (DNI 33300452-V) y 6,25 % Joaquín Eduardo Borrás Carnero (DNI 33300593-C).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La nueva titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia compulsada de la escritura pública de transmisión patrimonial y actos jurídicos documentados, según proceda. Transcurrido el plazo indicado sin tener presentada la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, después de comunicación por parte de la consellería.

Segunda. La nueva titular de la concesión queda subrogada en los derechos y obligaciones de los anteriores concesionarios.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación. En todo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

A Coruña, 4 de febrero de 2014

P.D. de firma (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe de Coordinación del Área del Mar de A Coruña