María Jesús Hernando Arenas, secretaria del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hace saber que ante este juzgado se tramitan autos con el número DSP 1071/2013 a instancia de Belén Mantiñán Boedo contra La Grela Mensajeros, S.L., LGM sin Banderas, S.L. y Exincar Trade, S.L. sobre despido, en los que en el día de la fecha se dictó auto de aclaración, cuya parte dispositiva dice textualmente:
«Dispongo no haber lugar a subsanar la sentencia dictada en las presentes actuaciones el pasado día 25 de febrero de 2014, manteniéndola íntegramente en todos sus pronunciamientos.
Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación, que, en su caso, se formule contra la sentencia, cuyo plazo comenzará a computar desde la notificación de la presente resolución.
Así, por este auto, lo mando y firmo. La magistrada jueza Pilar Carreira Vidal. Doy fe».
Para que conste e insertar en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación a las empresas codemandadas LGM sin Banderas, S.L. y Exincar Trade, S.L., con el apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del juzgado excepto las que revistan forma de emplazamientos, sentencias y autos, y expido y firmo la presente cédula.
A Coruña, 29 de mayo de 2014
María Jesús Hernando Arenas
Secretaria judicial
