Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2014/0081-4.
Acta: I362014000018649.
Empresa: AMD Setay, S.L.
DNI/NIF: B36907277.
Dirección: Hortas Reais, 7, 2º, Baiona.
Materia: relaciones laborales.
Preceptos infringidos: artículos 4.2.f), 26, 29, 30 y 38 del Estatuto de los trabajadores.
Preceptos sancionadores: artículos 8.1, 7.5, 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha de resolución: 23.6.2014.
Resolución: multa de 8.626 €.
Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda correspondiente.
Vigo, 5 de agosto de 2014
María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo