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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Jueves, 18 de septiembre de 2014 Pág. 41591

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 5 de septiembre de 2014 por la que se notifica resolución de procedimiento administrativo sancionador del expediente 13-07-14-05.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (BOE núm. 12, de 14 de enero), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al denunciado, con los datos personales y último domicilio conocido que en el anexo se mencionan, mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, la resolución del procedimiento administrativo sancionador por infracción del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos.

El órgano competente para la resolución del expediente, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1.a) del Decreto 227/1995, de 20 de julio (DOG núm. 146, de 1 de agosto), es el director del ente público.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Consejo de Administración según lo establecido en el acuerdo de delegación de competencias del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia, publicado por Resolución de 1 de septiembre de 2008 en el DOG núm. 190, de 1 de octubre. El plazo para interponer este recurso es de un mes a cortar a partir del día siguiente al de esta publicación

Transcurrido el antedicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario el importe de la sanción, dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria (BOE núm. 302, de 18 de diciembre), mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Gallego, Banco Pastor, Banesto, BBVA, BHS y Novagalicia Banco), empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia.

De no efectuarse el ingreso en el antedicho plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.

Y para que conste y les sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2014

José Ignacio Villar García
Director de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Denunciante

Denunciado

Última dirección conocida

Hecho denunciado

Fecha-hora-puerto

Precepto
infringido

Precepto
sancionador

Sanción
propuesta

Sanc. 13-07-14-05

Celador del puerto

Francisco Javier Iglesias González

Rúa Máximo Aguirre, 5-6ºA

48930 Guetxo (Bizkaia)

Atraque no autorizado.

27.8.2013; 12.30 horas.

Cambados

(Pontevedra)

Art. 306.1.a) del Real decreto legislativo 2/2011 TRLPEMM

Art. 19 de la Orden ministerial 12.6.1976

Art. 312 del Real decreto legislativo 2/2011 TRLPEMM

300 €