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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Jueves, 18 de septiembre de 2014 Pág. 41575

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 25 de agosto de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2014275AL-CO, por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha de 6 de agosto de 2014, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad dictó acuerdo de inicio de expediente sancionador nº 2014275AL-CO incoado a Limperhostel, S.L.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del citado artículo, se notifica a Limperhostel, S.L. el contenido de dicho acuerdo de inicio que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante la jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de la jefatura, sita en la calle Durán Loriga, 3, A Coruña y a obtener, en su caso, copia del expediente, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que en el caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Real decreto 1398/1993.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 25 de agosto de 2014

Cristina Pérez Fernández
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Nº expediente: 2014275AL-CO.

Interesada: Limperhostel, S.L. (Cafetería La Barraca).

DNI/NIF/CIF: B27451806.

Última dirección conocida: Rúa dos Ferradores, 31, 15300 Betanzos.

Hechos imputados: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Artículos infringidos: – Real decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, sobre normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE nº 11, de 12 de enero de 2001): artículo 6.4.; – Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DO nº 139, de 30 de abril de 2004; rectif. DO nº 204, de 4 agosto de 2007): anexo II. Requisitos higiénicos generales aplicables a todos los operadores de empresa alimentaria (excepto si es de aplicación el anexo I), capítulo II. 1. b) y c), capítulo VI. 2; – Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE nº 160, de 6 de julio): artículo 50.1.e), artículo 51.1 Serán infracciones leves: párrafo 10.

Tipificación provisional: leve.

Sanción propuesta: 300 €.