En cumplimiento del dispuesto en la legislación:
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
– Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico de Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
– Decreto 138/2010, de 5 de agosto, por el que se establece el procedimiento y las condiciones técnico-administrativas para la obtención de las autorizaciones de proyectos de repotenciación de parques eólicos existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Se somete a información pública la solicitud presentada por la sociedad Parque Eólico Malpica, S.A. (Pemalsa), para las instalaciones que se describen a continuación:
Solicitante: Pemalsa.
Domicilio social: Paseo de la Castellana, 141, Edificio Cuzco IV, 9ª planta, 28046 Madrid.
Denominación del proyecto: repotenciación del parque eólico de Malpica de Bergantiños.
Ayuntamientos afectados: Malpica de Bergantiños y Ponteceso.
Potencia a instalar: 16.575 MW.
Presupuesto total: 21.991.881 €.
Localización (área de afección):
Repotenciación del parque eólico de Malpica de Bergantiños (coordenadas UTM) |
||
Vértice |
UTM (X) |
UTM (Y) |
P1 |
508.275 |
4.795.786 |
P2 |
509.375 |
4.795.786 |
P3 |
509.375 |
4.793.286 |
P4 |
508.875 |
4.793.286 |
P5 |
508.275 |
4.794.786 |
Aerogeneradores (coordenadas UTM) |
||
Aerogenerador |
UTM (X) |
UTM (Y) |
MA_1 |
508.707 |
4.795.750 |
MA_2 |
508.798 |
4.795.419 |
MA_3 |
508.463 |
4.794.759 |
MA_4 |
508.649 |
4.794.515 |
MA_5 |
508.767 |
4.794.005 |
MA_6 |
508.927 |
4.793.783 |
MA_7 |
509.087 |
4.793.560 |
Características técnicas de la instalación:
– Desmantelamiento de 65 aerogeneradores de 225 kW y dos de 750 kW existentes, potencia total de 16,575 MW.
– Construcción de siete aerogeneradores de 3 MW. Potencia nominal de la instalación limitada a la potencia del parque preexistente: 16,575 MW.
– Construcción de nueva torre meteorológica y nuevo edificio de control.
– Se conserva la subestación 20/66 KV y a LAT de evacuación existentes.
Objeto de la información pública:
– Autorización administrativa del proyecto.
– Aprobación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
– Aprobación del estudio de impacto ambiental.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial, sita en la calle Vicente Ferrer, 2-2ª planta, 15071 A Coruña, así como en los ayuntamientos de Malpica de Bergantiños y Ponteceso en el plazo de treinta días, a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente resolución.
Para idénticos efectos y en el plazo de 30 días que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio de impacto ambiental correspondiente a las instalaciones de la repotenciación del parque eólico de Malpica de Bergantiños podrán examinarse en esta jefatura territorial así como en los ayuntamientos de Malpica de Bergantiños y Ponteceso. Además, el estudio de impacto ambiental podrá ser consultado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en A Coruña.
A Coruña, 8 de septiembre de 2014
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña