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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 11 de noviembre de 2014 Pág. 47076

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Riós

ANUNCIO de información pública sobre la aprobación inicial de la modificación del Plan general de ordenación municipal y del informe de sostenibilidad ambiental.

El Pleno del Ayuntamiento de Riós, en sesión ordinaria de 17 de octubre de 2014, en relación con la modificación del Plan general de ordenación municipal para su adaptación a la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia,adoptó por mayoría el siguiente acuerdo:

1º. Aprobar inicialmente la modificación del Plan general de ordenación municipal de Riós para su adaptación a la Ley 9/2002, elaborado por Senén Prieto Ingenería, S.L., en el que se incluye el informe de sostenibilidad ambiental.

2º. De acuerdo con el artículo 85.2 de la Ley 9/2002, someter a información pública el expediente completo, modificación del Plan general de ordenación municipal de Riós e informe de sostenibilidad ambiental (ISA), y abrir la fase de consultas, por el plazo de dos meses, mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en dos de los diarios de mayor difusión de la provincia, en cumplimiento de la normativa urbanística y ambiental de aplicación.

Simultáneamente al trámite de información pública, el Ayuntamiento solicitará a las administraciones públicas competentes los informes sectoriales que resultan necesarios y, durante el plazo de información pública, se dará audiencia a los municipios limítrofes.

3º. Suspender el procedimiento de otorgamiento de licencias que tengan por objeto actividades de parcelación de terrenos y edificación o demolición, pero no las obras de reforma, salvo que por la trascendencia de esta sea equiparable a una reedificación del edificio, no justificada por razones de urgencia, o que supongan un aumento de volumen edificado, según lo establecido en el artículo 118.1 del Real decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de planeamiento, en el ámbito que se relaciona en los párrafos siguientes. Se atenderá a lo establecido en la disposición transitoria undécima de la Ley 9/2002, en lo referente a las explotaciones e instalaciones de apoyo a la actividad agropecuaria y aserraderos existentes, por lo que en las construcciones e instalaciones que cumplan los requisitos referidos en el citado artículo no se aplicará el régimen de suspensión de licencias. Esta suspensión tendrá una duración máxima de dos años y se extinguirá, en todo caso, con la aprobación definitiva del planeamiento:

a) En el ámbito de suelo urbanizable delimitado industrial (SURB-I1).

b) En el ámbito de suelo urbanizable no delimitado industrial.

c) En el ámbito de suelo núcleo rural, parcialmente, aplicándose la suspensión en todas aquellas zonas que entren en contradicción con las nuevas determinaciones del PGOM aprobado inicialmente.

4º. Durante el plazo señalado se podrá examinar el expediente en los locales habilitados al efecto, en el salón de plenos del Ayuntamiento, de lunes a viernes, entre las 9.00 y las 14.00 horas, y formular las alegaciones que se consideren oportunas.

Riós, 20 de octubre de 2014

Francisco Armando Veiga Romero
Alcalde