El 6 de noviembre de 2014 se anunció en el Diario Oficial de Galicia número 213, y en el diario La Voz de Galicia la realización de una subasta pública para el día 2 de diciembre de 2014, en el Edificio Administrativo de la Agencia Tributaria de Galicia en A Coruña, con el objeto de proceder a la venta de varios inmuebles situados en los ayuntamientos de A Coruña, Coirós, Vilarmaior, Santiso y Ponteceso.
En particular, se anunció la venta del inmueble situado en Doroña, lugar de A Greleira, ayuntamiento de Vilarmaior.
El 10 de noviembre de 2014 la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras solicitó la suspensión del procedimiento de venta por motivo de interés público, puesto que existe una actuación programada con motivo de la mejora de la intersección en el p.k. 3+530 de la AC-151 que afecta a dicho inmueble.
En su virtud, de conformidad con el artículo 66.2º del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia,
DISPONGO:
Primero. Acordar la suspensión por motivo de interés público del procedimiento de venta del siguiente inmueble:
Solar de 409,50 m2 sobre el que se asienta una vivienda de planta baja de 109 m2 y bajo cubierta de 44 m2, en el lugar de A Greleira, Doroña, ayuntamiento de Vilarmaior. Linda el conjunto: norte, carretera AC-151; sur, herederos de Juan Núñez Corral, hoy Mª Carmen Vázquez Núñez; este, Eugenio Brañas Mahía, hoy María Brañas Varela; y oeste, Concepción Álvarez Fernández. Referencia catastral: 001101700NJ70C0001YZ. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Pontedeume como finca nº 3.857, al tomo 1.114, al libro 35, folio 68.
Segundo. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Hacienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses, contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2014
P.D. (Orden de 9.1.2012; DOG nº 9, de 13 de enero)
Mª del Socorro Martín Hierro
Secretaria general técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda