De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el jefe territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les informa de que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
A Coruña, 4 de noviembre de 2014
César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
XC-02966-O-2014 3935-FDT Guardia Civil 1504 I54077K |
Baamonde Transportes Coruña, S.L. B15865678 Abegondo, 11 - B Izda. 15009 A Coruña |
La conducción sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 4 horas y 30 minutos e inferior o igual a 5 horas. 13.3.2014; 20.00 AP-9; 41,1 |
Artículo 142.17 LOTT |
Artículo 143.1.a) LOTT |
100 euros |