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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 1 de diciembre de 2014 Pág. 49533

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social, Sección Primera)

EDICTO (5854/2012).

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que en el procedimiento recurso de suplicación 5854/2012 de esta sección, seguido a instancia de José Manuel Gantes Roca contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Decoraciones Alferpe, S.L., Mutua Fremap sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

«Decidimos: que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el actor José Manuel Gantes Roca, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de esta capital, de fecha 29 de junio de 2012, dictada en autos número 803/2010, seguidos a instancia del referido recurrente, frente al demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Fremap, así como contra la empresa Decoraciones Alferpe, S.L., sobre invalidez/accidente, confirmamos íntegramente la sentencia recurrida.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida del cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Decoraciones Alferpe, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de octubre de 2014

La secretaria judicial