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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Martes, 16 de diciembre de 2014 Pág. 51254

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Betanzos

EDICTO (353/2011).

Rosana Corral García, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Betanzos, por el presente

Anuncio:

En el presente procedimiento ordinario 353/2011, seguido a instancia de Marina Suárez Domínguez frente a Carmen Iglesias Villaverde, María Lourdes Pato Iglesias, María Elsa González Rico, Concepción Pato Iglesias, María del Carmen Pato Iglesias, Antonia Iglesias Villaverde, Rogelio Iglesias Villaverde, José iglesias Villaverde, Purificación Villaverde Meijido, Carmen Iglesias Suárez, Francisco Iglesias Suárez, herederos desconocidos e inciertos de los anteriores, Manuel Fraga Iglesias, María Tatiana Pato González, María Luz Pato Iglesias y Purificación Pato Iglesias, se han dictado sentencia y auto que la aclara, cuyo tenor literal es el siguiente:

«…Fallo

Que estimo parcialmente la demanda formulada por Marina Suárez Domínguez, representada por el procurador Sr. Pedreira del Río, contra José Iglesias Villaverde, María Lourdes, Consuelo, María del Carmen Pato Iglesias, Antonia, Rogelio Iglesias Villaverde, María Luz y Purificación Pato Iglesias, Carmen Iglesias Villaverde, María Elsa González Rico, los herederos de Purificación Villaverde Meijido, Carmen Iglesias Suárez, Francisco Iglesias Suárez, los herederos desconocidos e inciertos de estos dos últimos, Manuel Fraga Iglesias y María Tatiana Pato González.

Declaro que la finca descrita en el hecho primero de la demanda, en proindivisión en la que pertenece a la actora y a los demandados, es indivisible, física y legalmente, entre la actora y demandados en la proporción en que son dueños de la misma.

Que procede y asiste a la demandante el derecho a solicitar la venta en pública subasta del inmueble litigioso con admisión de licitadores extraños y que se reparta el precio que se obtenga en la misma en la proporción en que a cada uno de ellos le corresponda, un 90 % a la demandante y el 10 % restante a los codemandados.

Condeno a los demandados a estar y pasar por los pronunciamientos anteriores y a que los que acaten y cumplan, repartiendo el precio que se obtenga en la misma en los términos ya expresados y en ejecución de sentencia, con imposición de costas a los demandados.

No se hace condena en costas. Cada una de las partes deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña, por medio de un escrito que deberán presentar en este juzgado en un plazo de 20 días desde su notificación. Para la interposición del recurso será necesario constituir un depósito de 50 euros, de conformidad con lo que establece la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Sofía Leonor Castro Verdes, jueza titular de apoyo de este juzgado y de su partido.

…Parte dispositiva

Ha lugar a la aclaración y rectificación de error material solicitada por el procurador Sr. Vázquez Sánchez, en nombre y representación de Rafael Mosquera Gómez.

Del párrafo cuarto del fallo de la Sentencia de 29 de abril de 2014, recaída en los autos antes referenciados, quedará suprimido lo siguiente:

“con imposición de costas a los demandados”.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que es firme y que contra la misma no podrán interponer recurso alguno.

Así, por este mi auto, lo acuerdo, mando y firmo, Sofía Leonor Castro Verdes, jueza titular de apoyo de este juzgado y de su partido».

Y ante la imposibilidad de su notificación personal y encontrándose en rebeldía los demandados Mª Elsa González Rico, los herederos de Purificación Villaverde Meijido, Carmen Iglesias Suárez, Francisco Iglesias Suárez, los herederos desconocidos e inciertos de estos dos últimos, Manuel Fraga Iglesias y Mª Tatiana Pato González, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Betanzos, 13 de octubre de 2014

La secretaria judicial