Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Martes, 16 de diciembre de 2014 Pág. 51257

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (588/2014).

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 588/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Ángel Faquet Tasende contra La Farándula Hosteleros, S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por José Ángel Faquet Tasende frente a la empresa La Farándula Hosteleros, S.L. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, con opción por la extinción de la relación laboral. Todo ello con condena de la empresa indicada al abono de la indemnización de 385,11 euros.

2º. El Fogasa habrá de pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.5, último párrafo y 6, inciso primero de la Ley de jurisdicción social y artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución. Contra la presente resolución cabe recurso de suplicación en los supuestos previstos en el artículo 191 de la Ley reguladora de jurisdicción social, que deberá ser anunciado ante este juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución en la forma prevista en el artículo 194 y concordantes de la Ley reguladora de la jurisdicción social, y con el cumplimiento de las obligaciones de depósito, consignación o aseguramiento previstas en los artículos 229 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a La Farándula Hosteleros, S.L., expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 25 de noviembre de 2014

El secretario judicial