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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Lunes, 29 de diciembre de 2014 Pág. 52858

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2014, de la Presidencia de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por la que se delega el ejercicio de competencias en la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, según lo previsto en el Decreto 173/2011, de 4 de agosto, por el que se crea y se aprueba su estatuto, es una entidad pública instrumental adscrita a la consellería competente en materia de infraestructuras que tiene como objetivo básico impulsar, coordinar y gestionar la política autonómica en materia de carreteras y otras infraestructuras.

El estatuto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 64 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, configura la organización de la Agencia con dos órganos de gobierno: la Presidencia y el Consejo Rector y un órgano ejecutivo, la Dirección.

De conformidad con el artículo 9.2 a) del estatuto de la Agencia, es función de su presidencia la representación institucional y legal, incluyendo las actuaciones frente a terceros relativas a sus bienes y derechos patrimoniales. Al corresponderle a la Dirección de la Agencia su gestión ordinaria, se considera adecuado que realice también las funciones de representación frente a terceros en lo concerniente a los bienes y derechos patrimoniales de la Agencia.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de Galicia; en el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico; en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 9.3 del Decreto 173/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el estatuto de la Agencia Gallega de Infraestructuras,

RESUELVO:

Primero. Objeto de la delegación

Delegar en la persona titular de la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras el ejercicio de la competencia en la representación legal e institucional de la Agencia frente a terceros en las actuaciones relativas a sus bienes y derechos patrimoniales.

Segundo. Criterios complementarios

En la aplicación de la delegación se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

El ejercicio de la competencia que se delega se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 6 de la Ley 6/2010, de 17 de diciembre.

En cualquier momento la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Infraestructuras podrá avocar el ejercicio de las competencias que se delegan.

Tercero. Resoluciones dictadas por delegación

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de la delegación contenida en esta resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. Eficacia de la delegación

Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2014

Ethel María Vázquez Mourelle
Presidenta de la Agencia Gallega de Infraestructuras